Desde ‘Ally McBeal’ hasta ‘Cómo defender a un asesino’, pasando por ‘The Good Wife’, las series de abogados han conquistado a millones de seriéfilos en todo el mundo. Incondicionales de la intriga, el suspense y el drama legal, los espectadores aprenden a través de los litigios de sus personajes favoritos las maniobras menos honestas de la Justicia. Una artimaña no poco habitual en la ficción es recurrir a los trastornos del sueño para calificar al defendido de “homicida sonámbulo”, tratando de librarle así de la pena, pero ¿existe realmente esa impunidad legal?
Según la Cátedra del Sueño de la URG-Grupo Lo Monaco los trastornos del sueño pueden afectar a la comprensión de los hechos, así como a la capacidad de acción de las personas que los sufren. De ahí la necesidad de considerar la calidad del sueño como factor a tener en cuenta en los juicios penales. “Los problemas de sueño derivan en alteraciones de percepción y conducta, alucinaciones por la falta de sueño… y estos son algunos aspectos a tener en cuenta en el ámbito legal ante la impunidad de delitos”, explican los expertos de este ‘Laboratorio del Sueño’.
Para saber más sobre los trastornos del sueño y su posible relación con actos delictivos en teinteresa.es hemos hablado con Sergio Carmona Cruz, Director Clínico del Institut Barcelona de Psicología y el Dr. Eduard Estivill Sancho, Especialista Europeo en Medicina del Sueño.
“Existen en torno a 40 trastornos del sueño, siendo los más frecuentes el insomnio, el ronquido, las apneas del sueño y lo que conocemos como parasomnias, que serían aquellas situaciones que ocurren mientras dormimos y de las que no somos conscientes”, enumera el Dr. Estivill Sancho. “Algunas parasomnias son tranquilas, es decir, son solo movimientos; otras son con gritos y otras implican también actos o actividades que hayamos aprendido durante el día y son las que conocemos como sonambulismo”.
Desde el Clínico del Institut Barcelona de Psicología recuerdan que a día de hoy “se sigue desconociendo su causa. Lo que sí que sabemos es que durante el sonambulismo la persona desarrolla actividades motoras automáticas mientras permanece totalmente inconsciente. Y durante el episodio no existe probabilidad de comunicación con la persona sonámbula y esta se levanta al día siguiente sin recordar absolutamente nada”.
“Tiene que quedar claro que nunca una persona sonámbula hará algo que no haya aprendido a hacer durante el día”, desvela el Dr. Estovill. “Por ejemplo, un niño pequeño de tres años que está aprendiendo a hacer pipí en el váter, lo normal es que se levante a medianoche y vaya al baño, no se le ocurrirá coger un cuchillo y clavárselo a su perro. Las personas sonámbulas no hacen nada nuevo, son acciones aprendidas durante el día y que repiten en los episodios de sonambulismo”, insiste el psicólogo.
Por su parte, Carmona sí reconoce que pueden existir ciertas agresiones leves por parte de quienes padecen trastornos del sueño: “Los terrores nocturnos son pesadillas en estado de inconsciencia, pero en las que nuestro cerebro tiene conexión muscular e intervienen factores electrofisiológicos. Por consiguiente, no las recordamos, pero sí durante este estado de parasomnia podemos experimentar mucha ansiedad, terror, taquicardias y sudoración. Todo esto hace que no podamos contactar con la realidad, ni responder a estímulos ambientales. Caracterizado por conductas defensivas o agresivas durante esta fase en la que soñamos, podemos levantarnos de manera brusca, patalear, correr, gritar, etc. Por esto, una de las consecuencias de estos episodios puede ser que la persona se haga daño a sí misma o a otros sin ser consciente de ello”.
“Debemos tener en cuenta que cuando se sufren ciertos trastornos del sueño, en muchos casos la persona no es consciente de su comportamiento, ni es capaz de recordarlo. Pero esto no significa que este tipo de trastornos justifiquen actos criminales o delictivos”, matiza el psicólogo clínico. “Este tipo de trastornos del sueño han sido usados por algunos abogados para intentar colar a los jueces la situación de que una persona mientras estaba dormida, que era sonámbula, había podido realizar un acto delictivo muy importante, como una violación o un asesinato”, coincide el Dr. Stivill.
“Otra cosa distinta sería un tipo de parasomnias conocidas como sexomnias, que consisten en realizar un acto sexual de forma automática mientras estás dormido. Esto no es en absoluto agresivo, simplemente es simulando o realizando un acto sexual”, explica el Especialista Europeo en Medicina del Sueño.
Desde la redacción del primer Código Penal español se admite la posibilidad de eximir de responsabilidad penal a los individuos que presentan ciertas alteraciones psicológicas en el momento de cometer el acto delictivo. Así pues, “sería necesaria la intervención de un psiquiatra o psicólogo forense que evalúe exhaustivamente el estado de la persona para poder determinar si dicho acto delictivo es factible de haber sido realizado bajo una alteración del sueño en el momento del hecho”, defiende Carmona.
“Se sigue tratando de justificar acciones que no tienen justificación, como puede ser matar a alguien, con la excusa de estar dormido, estar sonámbulo o estar en un estado confusional. Si alguien ha cometido un delito, los jueces saben y tienen muy claro que si no hay otra circunstancia –drogas o enfermedades- por el solo hecho de ser sonámbulo no se puede justificar que alguien, de alguna manera, agreda hasta la muerte a otra persona”, concluye el Dr. Estivill.