La multa, que ascendía a 187,50 euros, le fue impuesta a través de un decreto dictado el 31 de julio por el alcalde, Pedro Arahuetes (PSOE), quien argumentó la obligación de los ediles de acudir a los plenos o, en caso de no poder hacerlo, avisar con antelación de la no asistencia.
Una urgencia de última hora, según Postigo, fue lo que le impidió acudir al inicio de la junta, que duró tan sólo diez minutos, de manera que cuando el portavoz llegó ya era demasiado tarde.
El Juzgado señala en su sentencia, que es firme, que la sociedad Evisego no es un órgano del Ayuntamiento de Segovia, por lo que la Administración no puede amparar la sanción impuesta por el Consistorio al sancionar al recurrente por su no asistencia a la junta. Así, estima el recurso de Postigo y declara no ajustada a derecho la resolución impugnada.
El fallo ha sido dado a conocer este miércoles por el propio portavoz »popular», quien se ha preguntado si el alcalde reconocerá que estaba equivocado.
«Por defender lo que yo entendía que era lo legal y correcto se me ha llamado mentiroso, se me ha dicho que no quería cumplir con el reglamento, que lo que quería hacer era un reglamento a mi medida, que era un soberbio, que me había equivocado y que reconociera humildemente mi error; que no tenía ética, que tenía un comportamiento lamentable y estaba mintiendo a los segovianos. Y ¿ahora qué?», ha cuestionado.
Postigo ha mostrado su confianza en que el primer edil y el Grupo Municipal Socialista sepan admitir que ha sido sancionado injustamente, así como que lo digan públicamente, al tiempo que ha exigido que sea el propio Grupo Municipal Socialista el que se haga cargo de los gastos jurídicos generados al Ayuntamiento, puesto que el Juzgado condena al Consistorio a abonar las costas.