No obstante, considera que la sentencia emitida por el Supremo es «benevolente» con Carrillo, «porque si bien se le imputa un delito electoral» al entender que concertó con la ex edil María Dolores Sánchez un plan consistente en realizar la oferta de empleo o prestaciones como ayudas en comida a personas que le entregaran a cambio la documentación necesaria para suplantarlas al emitir el voto por correo a favor de la candidatura del PP en las elecciones locales del año 2003, no da lugar al delito de prevaricación del que fue acusado y por el que la Audiencia Provincial lo condenó a una inhabilitación de siete años para empleo o cargo público.
Entiende, por tanto, que la Audiencia Provincial y el Supremo «han sido benevolentes con Carrillo a la hora de acusarle». Por ello, ha exigido la dimisión del mismo, que tiene una dedicación exclusiva en el Consistorio y un sueldo superior a 50.000 euros anuales, no habiendo sido objeto de reducción, según ha reprobado el portavoz del Grupo Municipal de IU en Fortuna, Salvador Alarcón.