El presunto pederasta de Ciudad Lineal, Antonio Ortiz, detenido este miércoles en Santander en casa de sus tíos donde se refugiaba, entró en la cárcel de forma oficial en septiembre del año 2000 por una agresión sexual a una niña de siete años, según la sentencia. En 2006, la Audiencia Provincial de Madrid le concedía el tercer grado a pesar de que todos los informes advertían de que no había recibido ningún tipo de tratamiento sexual y psicológico.
Ortiz no utilizó la táctica del engaño y el engatusamiento con su primera víctima en 1998, por la que fue condenado a nueve años de prisión. Hace más de 26 años, en marzo, este depredador sexual se acercó a la entrada de un colegio del barrio de Fuencarral sobre las nueve de la mañana y metió por la fuerza a una cría que entraba a clase en su Renault Clío.
Nada que ver con el modus operandi actual, totalmente distinto al que presuntamente Antonio Ortiz usó para secuestrar a las pequeñas de Ciudad Lineal. Con una confianza extrema en la inocencia de los niños, les ofrecía golosinas o se hacía pasar por un conocido para ganárselas y llevarlas a su vehículo.
La sentencia que se dictó en el año 2000 afirma que “mantuvo retenida a la menor durante aproximadamente una hora circulando por diversas calles ubicadas en las proximidades del colegio» y fue en el coche donde abuso de ella. «El procesado, una vez conseguido su propósito, permitió a la menor abandonar el vehículo en una calle ubicada a unos 500 metros del centro de enseñanza». Cuando cometió la agresión, el pederasta apenas 26 años.
Le podían caer hasta 10 años, según el Código Penal, por el abuso de una menor de 12 años, y la condena fue dura. Le cayeron nueve.
En 2006 le concedían salir los fines de semana
En 2004, Ortiz empezó a disfrutar de los primeros permisos penitenciarios y su buen comportamiento y la falta de incidencias fue uno de los argumentos por los que la Sección Quinta de la Audiencia de Madrid le concedió en julio de 2003 el tercer grado, eso sí, limitado ya que solo podía salir los fines de semana.
Esta decisión fue tomada en contra del criterio del criterio de la Junta de Tratamiento de la cárcel, del Juez de Vigilancia Penitenciaria y de Instituciones Penitenciarias.
El auto aseguraba sobre el declarado enemigo público número uno de la capital que había tenido “un cambio positivo de su autocontrol, su autoestima y su escala de valores», entre otros aspectos.
Asimismo, tuvieron en cuenta que el preso estaba pagando en concepto de responsabilidad civil los 6.000 euros (un millón de pesetas) de indemnización a su víctima y que tenía una oferta de trabajo fuera de prisión. «La conducta del reo muestra una trayectoria que, en conjunto y por encima de algún dato negativo, es claramente ascendente», decían los magistrados.
Poco después, en diciembre de ese mismo año, la misma Sección Quinta le denegó la libertad condicional. Los magistrados estaban de acuerdo el criterio del Juzgado de Vigilancia Penitenciaria de que Ortiz no merecía un tercer grado completo a pesar de que ya había completado las tres cuartas partes de la pena impuesta.
“La defensa alega y acredita la vinculación familiar que el condenado tiene en España, su capacidad para vivir en libertad, su esfuerzo por mejorar su educación y su cultura con el fin de reinsertarse socialmente”, señaló la Audiencia.
“No obstante, no aparece acreditada la continuidad o el carácter ininterrumpido del esfuerzo”, detallaron los magistrados, que dieron una mucha importancia al hecho de que el condenado “no ha seguido el tratamiento específico de agresores sexuales ni el psicológico”.
Uno de los grandes errores del auto y de esta investigación es que no quedó figurado en el historial el abuso sino que se plasmó como una retención ilegal, lo que ha dificultado mucho a los policías dar con Ortiz.