El Tribunal Europeo de Derechos Humanos ha vuelto a sancionar a España por un caso de tratos inhumanos o degradantes con su posterior falta de investigación. Ya van nueve condenas en relación con casos de tratos inhumanos en 14 años.
La última fue este martes. La alta instancia judicial europea condenó a España por los malos tratos infligidos durante su arresto y detención incomunicada a los dos miembros de ETA que atentaron en la T-4 del aeropuerto de Madrid-Barajas, el 30 de diciembre de 2006. El fallo concluye que España vulneró la prohibición de tratos inhumanos o degradantes en su aspecto material (el maltrato en sí) y procesal (no investigarlo) en el caso de los etarras Portu y Sarrasola. Según el fallo del Tribunal de Estrasburgo, las lesiones que sufrieron «están suficientemente demostradas», se produjeron cuando «estaban en manos de la Guardia Civil» y su existencia «no ha sido negada ni por el Tribunal Supremo ni por el Gobierno».
La condena ratifica lo que muchas organizaciones internacionales denuncian: la investigación de los casos de torturas y tratos inhumanos sigue siendo una asignatura pendiente en España. En este caso el alto tribunal europeo va más allá, al considerar probados los malos tratos (que no tortura), mientras que las otras condenas se basan en la falta de investigación.
Sí que habló de tortura “muy grave” la Audiencia de Guipózkoa con respecto al caso de Portu y Sarrasola, que condenó en 2010 a prisión e inhabilitación a cuatro guardia civiles por ello. Entonces el informe judicial detalló el maltrato: golpes, patadas, amenazas – “te voy a matar hijo de puta” – puñetazos o práctica de ahogo en un río. Uno de los etarras pasó cinco días en la UCI y cinco en el hospital. Su curación en total necesitó de 27 días según los informes de la audiencia.
El Tribunal Supremo liquidó la sentencia al considerar que fingir torturas era una práctica habitual de los etarras y que su relato no podía ser tomado como prueba, además de constatar incongruencia en los hechos. Una resolución que ha sido corregida este martes por el tribunal europeo.
Los casos no son investigados
Esta multa se une a las otras ocho sentencias emitidas por el tribunal de Estrasburgo desde 2004, cuando el alto tribunal constató por primera vez la falta de diligencia de las instancias españolas al investigar las denuncias de torturas y tratos denigrantes de algunos detenidos.
Organizaciones como Amnistía Internacional han denunciado en repetidas ocasiones la falta de interés del estado español con respecto a este problema.
En todas se repite el esquema: Cuerpos de Seguridad del Estado son denunciado por malos tratos o torturas. Las investigaciones no profundizan en los casos y los criminales no dudan en subir a instancias superiores, que normalmente no llegan a entrar al caso alegando falta de pruebas. Entonces deciden saltar a instancias europeas. Allí acaban ganando la batalla legal al quedar probado, no la tortura o el maltrato, sino la falta de investigación, y acaban siendo indemnizados por los daños.
En 2016 Estrasburgo ya avisó a España de que no estaba haciendo las cosas bien sobre este respecto a raíz del caso del etarra Xabier Beortegui. El condenado denunció torturas y trato inhumano por parte de la Guardia Civil en el marco de una operación antiterrorista en 2011. Su denuncia no consiguió avanzar en los tribunales españoles y en Estrasburgo se votó por unanimidad que su caso no había sido investigado correctamente.
En dicha resolución el tribunal europeo habló de falta de procedimiento en las conductas profesionales de los médicos forenses e instó a programar un código claro para controlar a los agentes policiales en el trato de las personas arrestadas en régimen de incomunicación – por ejemplo, cómo regular los interrogatorios – .
En 2005 una mujer ecuatoriana consiguió la razón de los tribunales europeos al denunciar que había sido insultada y maltratada un agente de policía mientras ejercía la prostitución. Estrasburgo volvió a fallar que España no había investigado lo suficiente el caso.
Otro de los casos más sonados es el de el periodista Martxelo Otamendi, detenido en 2003 por pertenencia a banda armada, una acusación que finalmente no prosperó. Sin embargo, Otamendi había denunciado que había recibido un trato degradante durante los interrogatorios, desde abusos físicos a sexuales, todos durante fue recluido en régimen de incomuniación.
Amnistía Internacional incide en la importancia de que se acabe con el régimen de incomunciación, al ser un caldo de cultivo perfecto para este tipo de prácticas. La organización reclama que al menos se garantice la asistencia letrada en cuanto se produzca la detención. Según declararon en 2016 a raíz del caso Beortegui, en España una persona puede ser arrestada en régimen de incomunicación sin derecho a escoger un abogado, a consultar con el que le ha sido asignado de oficio de manera confidencial, a comunicar su paradero a su familia o a su consulado -en caso de ser extranjero- o a acceder a un médico de su elección.
Siete de las ocho sentencias dictadas por el TEDH desde el año 2010 tienen que ver con denuncias de presuntas torturas y malos tratos infringidos en régimen de incomunicación a personas detenidas y acusadas de pertenencia a banda armada y terrorismo. Son los casos de Mikel San Argimiro (2010), Aritz Beristain Ukar (2011), Martxelo Otamendi Egiguren (2012), Beatriz Etxebarria Caballero (2014), Oihan Ataun Rojo (2014), Patxi Arratibel Garciandia (2015) y Xabier Beortegui Martínez (2016).
Condenas españolas
Las denuncias en Estrasburgo comenzaron a tramitarse en 2004, pero antes ya los tribunales españoles habían condenado en varias ocasiones a Guardias Civiles por casos de torturas o malos tratos a presos, muchos de ellos pertenecientes a grupos como ETA.
El caso más sonado es el del coronel Manuel Sánchez Corbín. El Guardia Civil fue condenado en 1992 junto con otros guardias civiles a seis años de prisión y 4 de inhabilitación por la audiencia de Vizcaya tratos inhumanos y de tortura al etarra Kepa Urra.
Dicho caso puso en jaque al gobierno en una España donde se suponía que ya no había ni torturas ni malos tratos en la Guardia Civil. El etarra Kepa Urra habría sido encontrado «inconsciente, con heridas en la cara, ojos y muñecas, sangre reciente en la faringe, boca y nariz que le impedía respirar normalmente».
Sánchez Corbín nunca cumpliría condena, ya que dos años después conseguiría un indulto del gobierno de Aznar. Acabó reciclándose y consiguió volver a ascender hasta conseguir capitanear la UCO (Unidad Central Operativa), desde la que ha protagonizado investigaciones como la de Diana Quer.