Este texto será analizado mañana en el máximo órgano de representación de la Carrera Fiscal y estará supeditado a la futura reforma Ley Orgánica del Poder Judicial. El anteproyecto del Gobierno, aprobado el pasado abril, modificó la responsabilidad directa de los jueces para equipararse a la del régimen común de los funcionarios y adaptarla a la reciente figura del Promotor de la Acción Disciplinaria del CGPJ.
La propuesta de modificación del Estatuto Orgánico del Ministerio Público también plantea que las decisiones del Consejo Fiscal puedan ser recurridas ante la Audiencia Nacional y no ante el Tribunal Superior de Justicia, como ocurre en la actualidad.
Otro punto que discutirán mañana los doce miembros del Pleno es el referido a la situación de retorno a sus destinos de los fiscales de la Secretaría Técnica cuando cesan, segúnlas fuentes consultadas.
El Consejo Fiscal está constituido por doce miembros. Nueve de ellos son fiscales pertenecientes a la Carrera Fiscal en cualquiera de sus categorías; y tres son los denominados miembros natos: el Fiscal General del Estado, el Teniente Fiscal del Tribunal Supremo, el Fiscal Inspector Jefe, siendo el primero el presidente de este órgano colegiado.
Estos nueve vocales se eligen cada cuatro años por los miembros del Ministerio Público en servicio activo, constituidos en un único colegio electoral. El Consejo Fiscal, que asesora al fiscal general del Estado en el gobierno del Ministerio Público, puede funcionar en Pleno y en Comisión Permanente.