El fiscal Anticorrupción del caso Nóos, Pedro Horrach, considera que imputar a la infanta Cristina es «un trato discriminatorio» porque no existen elementos incriminatorios contra ella. Así lo expone en el recurso de apelación contra la imputación decidida por el juez instructor José Castro, quien ha suspendido »sine die» la declaración de la hija del Rey, tal y como pedía el fiscal. La comparecencia de la Infanta dependerá de la decisión que adopte la Audiencia Provincial de Palma de Mallorca, en cuyo tejado está ahora la imputación de la hija del monarca.
El fiscal Horrach, que ha presentado este viernes el recurso de apelación, subraya que no hay indicios incriminatorios y manifiesta no entender el cambio de criterio del juez Castro, quien rechazó en anteriores ocasiones imputar a Doña Cristina por la inexistencia de pruebas que la relacionan con los hechos que se investigan. El Ministerio Público mantiene que la Infanta tuvo un papel de representación como vocal en Nóos y que únicamente ostentaba participaciones sociales en la entidad Aizoon, compartida al 50% con su marido Iñaki Urdangarin.
El representante del Ministerio Público tumba los 14 indicios esgrimados por el juez Castro para sustentar la imputación. Para Horrach, se trata de «meras sospechas personales» y elementos «equívocos e inconsistentes».
«No hay base alguna para proceder a la imputación de Doña Cristina, pues no existen indicios de ninguna clase que la sitúen en la mecánica de los hechos que se investigan«. El fiscal no da validez incriminatoria a los correos electrónicos aportados por el exsocio de Urdangarin Diego Torres, que han servido de sustento para implicar a la Infanta, y recuerda en su escrito que algunos indicios que ahora apuntan el juez fueron presentados antes por la acusación Manos Limpias y se denegaron.
El fiscal no comprende el cambio de criterio del juez
«No se comprende por qué solo unos meses más tarde se apelan a los mismos hechos y datos para sustentar una declaración contraria».
El Ministerio Público discrepa sobre todas las razones que da el magistrado para imputar a la Infanta. Por ejemplo, sobre el hecho de que nombre figurara en un folleto de presentación del Instituto Nóos junto con su secretario Carlos García Revenga, dice que «por si solo no es un indicio delictivo», y no debe suponerse que se empleara esa apariencia para los conciertos con las administraciones públicas.
Tampoco cree el fiscal que García Revenga comunicara a la Infanta unos hechos por los que pensara que su marido estaba involucrado en alguna actividad delictiva. Pedro Horrach no ve ninguna prueba en la circunstancia de que el Rey comentara con su hija las recomendaciones sobre las actividades empresariales de Urdangarin.
La Fiscalía subraya que las pruebas practicadas y la declaración de testigos no involucran a Doña Cristina en la toma de decisiones de las entidades que gestionaba su esposo.
En cuanto a la supuesta reunión que mantuvo Urdangarin en el Palacio de Marivent con Jaume Matas, y con Rita Barberá y Francisco Camps en Zarzuela, el fiscal dice que esa información afecta a quienes se reunieron o patrocinaron el encuentro: «Aun en el hipotético caso de que Doña Cristina conociese esas reuniones, se escapa a este fiscal el alcance penal de este extremo».
El Ministerio Público rechaza que haya un indicio delictivo en el hecho de que Urdangarin consultara a su esposa un comunicado de Nóos Consultoría Estratégica. «Inferir algo más que la habitual comunicación entre cónyuges es meramente especulativo». El fiscal no encuentra señales para incriminarla por la circunstancia de que comparta con Urdangarin la entidad Aizoon, o por ser vocal de Nóos, porque los recelos que pudieran aparecer estarían en el terreno de la especulación.
La Fiscalía reitera que no entiende el sentido de una imputación «sin elementos incriminatorios», porque la evolución conllevaría al sobreseimiento de la causa contra la Infanta.