El caso Nóos, una de las investigaciones judiciales más trascendentes de la historia de España, ha enfrentado al fiscal Pedro Horrach y al juez instructor de de la causa José Castro -antes aliados-, fundamentalmente en el hecho de la imputación -o no- de uno de los protagonistas del proceso: La Infanta Cristina.
En 2009, el juez Castro incorporó a la investigación el sobrecoste del velódromo Palma Arena las diligencias que Horrach, pese a las trabas de sus superiores, había abierto respecto al ex presidente balear Jaume Matas. Fue en ese momento en el que se forjó una alianza de la que nadie podía sospechar que acabaría en un agrio enfrentamiento.
El magistrado, reforzado por el fiscal Anticorrupción, impulsó la investigación con la que se levantó el caso Palma Arena, una macroinstrucción partida en 27 piezas cuyo culmen fue la apertura en 2010 de un sumario sobre el presunto desvío de fondos públicos al Instituto Nóos del yerno del entonces Rey, Iñaki Urdangarin.
El celo implacable con el que fiscal y juez han perseguido la corrupción hizo que fueran de la mano hasta que toparon con la Infanta Cristina.
Según Horrach, Castro la ha investigado de manera «inquisitiva» por «ser quien es», y el instructor cree que el acusador público le da un trato deferente por su condición de hija y hermana de rey.
Hasta estos términos de desconsideración profesional, que les ha abocado a un distanciamiento personal irreconciliable, ha llegado una disputa técnica que afloró el 3 de abril de 2013, cuando el magistrado citó a la Infanta a declarar como imputada, decisión que anuló la Audiencia de Palma un mes después.
Pero con aquella aparente desautorización se delimitó el cuadrilátero para la brega de los antiguos aliados: el tribunal provincial sugería que cabía investigar presuntos delitos fiscales y de blanqueo por parte de doña Cristina, y Castro ahondó en esa vía durante quince meses de exhaustivas investigaciones.
En contra del criterio de Horrach, expresado de forma vehemente en escritos en los que cuestionaba la imparcialidad del instructor, Castro imputó de nuevo a Cristina de Borbón y le tomó declaración el 8 de febrero de 2014, primer día de la historia de España en que un hijo del jefe del Estado declaraba ante un juez.
A Castro no le sacó de dudas la declaración de la Infanta, que consideró evasiva, y Horrach consolidó su opinión de que no hay con qué acusarla, por lo que la confirmación de la imputación esta semana se ha traducido en una nueva riña dialéctica: el fiscal cuestiona la imparcialidad del instructor y éste le reta a denunciarle por prevaricación.
Paradójicamente, la disputa no la resolverán los contendientes, convertidos respectivamente en héroes por «rupturistas» e «institucionalistas», sino la Audiencia Provincial: los jueces de la sala segunda decidirán si la Infanta se sienta en el banquillo con su esposo.
Pertenecientes a generaciones diferentes -Castro nació en Córdoba hace 68 años y Horrach es del municipio mallorquín de Sa Pobla y tiene 47-, ambos son reputados juristas de amplia experiencia sin adscripción a las asociaciones profesionales identificadas con la derecha o la izquierda políticas.
Sin embargo, y a su pesar, los dos se han convertido en figuras criticadas o loadas por partidarios y detractores de una imputación que, según la filiación ideológica, se interpreta como un castigo antimonárquico o como una prueba de igualdad ante la ley.
Pero nada de esto tiene que ver con las respectivas trayectorias personales y profesionales. Castro es juez desde 1976 y Horrach fiscal desde 1992.
Horrach tiene fama de lograr confesiones de corruptos y Castro no se anda con pamplinas con ningún imputado, independientemente de su condición.
A pesar de la trascendencia pública de su trabajo y de los cientos de peticiones de los medios de comunicación que han recibido en estos años, ninguno de los dos ha cedido más de una vez: Horrach concedió una entrevista a la revista Vanity Fair y Castro a la revista de un colegio de Palma.
El cordobés vive desde hace años en el Molinar, un barrio antaño marinero de Palma, en una casa que le permite pasear a pie o en bicicleta al borde del mar. Horrach reside en un ático del barrio de Son Espanyolet, en la parte alta de la ciudad.
La semana pasada, Castro fue fotografiado viendo los toros desde el callejón del coso del pueblo de Muro. Horrach asistió a una fiesta en el museo de arte contemporáneo Es Baluard, de la capital balear.
La cercanía de sus respectivos y modestos despachos de trabajo en el centro de Palma favoreció durante años las visitas y el intercambio de pareceres entre ambos ante un café, una caña o un gin tonic. Ahora esos 300 metros parecen una distancia insalvable.
Este jueves, por primera vez en las contadas ocasiones en las que ha mediado un trámite importante desde que todo empezó, el fiscal no logró entregarle en persona al juez su recurso, un gesto que quizá habría limado asperezas. No coincidieron por minutos.
El duro escrito de Horrach a Castro
Horrach se mantiene en sus trece y la Fiscalía Anticorrupción ha solicitado archivar la imputación de la Infanta Cristina, sobre quien pesan dos delitos fiscales en el marco del caso Nóos.
El fiscal, en sus escritos, recrimina que se acuse a la Infanta en base a «sospechas» y a un «raquítico »pudo saber»», lo que a su juicio la sitúa en una «posición de indefensión».
Además de una amplia radiografía del caso Nóos, casi 600 folios, el representante de la acusación pública ha presentado un anexo de 13 páginas en el que apunta a la inexistencia de «dato, indicio, documento o declaración que acredite lo que hasta el momento ha sido incapaz de justificarse: una mínima prueba de cargo indiciaria y objetiva» de la participación de la Duquesa en un supuesto fraude al fisco.
«Tras meses de afanada investigación, la conclusión que se ha extraído es un raquítico »pudo conocer» que sitúa a Doña Cristina de Borbón en una posición de indefensión», subraya el fiscal en su escrito, en el que señala a la «vulneración de la presunción de inocencia» en detrimento de la hermana del Rey Felipe VI y a una «falta de coherencia» a la hora de imputarle los hechos delictivos que pesan sobre ella.
Es más, carga contra la Audiencia Provincial de Baleares, que el pasado mes confirmó el encausamiento de la Duquesa por los dos delitos contra la Hacienda pública, al aseverar que para ello el tribunal realizó un «errático paseo interpretativo», después de que, por los mismos hechos, en 2012 tanto el juez José Castro como la Audiencia rechazasen imputar a la Infanta y este año hayan dejado las puertas abiertas a que se siente en el banquillo de los acusados.
«Se pasa sin complejos del «desconocimiento» al «debería saber». Del «no tenía porque conocer» al «pudo conocer». Cuatro versiones distintas por las que transita en relación a una misma circunstancia: si conocía o no que Aizoon era una sociedad instrumental», incide Horrach en alusión a los hechos concretos que se le imputan a Doña Cristina: haber contribuido a que su marido, a través de Aizoon -de la que ambos son copropietarios- pudiera defraudar hasta 337.138 euros en las cuotas del IRPF del 2007 y el 2008.
«De simple elemento decorativo a imputada»
De hecho, lamenta que «nada se dice» para justificar el hecho de que la Infanta, «de simple figurante o elemento decorativo» en el Instituto Nóos, «pasa sin solución de continuidad a «imputada» como consecuencia de una pretendida posición de «garante» en la entidad Aizoon».
La participación en un negocio simulado «es cotidiano»
Más en concreto, una de las sentencias del Alto Tribunal a las que alude el fiscal establece que «la participación en un negocio jurídico simulado, en principio, no es por sí un hecho típico ni penalmente relevante. En realidad se lo puede considerar un acto neutral desde el punto de vista penal. La doctrina reciente estima que estos actos son comportamientos cotidianos y socialmente adecuados».
Por tanto, incide Horrach en que «tan innegable e innobjetable» es que era socia de una entidad mercantil «como innegable e inobjetable es que dicho hecho es, en sí mismo, irrelevante desde el punto de vista penal». «E innegable e innobjetable es que, aparte del dato de la participación societaria, el auto [en el que la Audiencia confirmó la imputación de la Infanta] no describe un mínimo relato indiciario de cooperación. Se limita a señalar que «de alguna manera» ha podido contribuir».
«E innegable e innobjetable es que los tribunales exigen, lógicamente, datos indiciarios mínimamente racionales de la existencia del dolo, para someter a una persona a un juicio oral», abunda.
Por otro lado, el escrito recalca cómo los gastos personales en que incurrió la Duquesa a través de la tarjeta de crédito de Aizoon «son ridículos», rebatiendo el hecho de que la Audiencia concluyese que Doña Cristina «manejaba las cuentas» de la entidad al cargar en ellas los gastos de sus tarjetas bancarias. «Se trata de una afirmación cuando menos aventurada, porque el concepto jurídico, contable y social de «manejar» las cuentas de una entidad societaria tiene poco que ver con el acto de gastar», apostilla.
«Distorsiones», según el perfil social de los ciudadanos
Es más, afirma Horrach que la afirmación del tribunal «queda desvirtuada totalmente» al comprobar que tanto en la instrucción del caso Nóos como en la inspección realizada por Hacienda hay un sólo comprobante de gasto que efectuó la Infanta con cargo a la tarjeta de Aizoon: la factura del restaurante L»Escarabat Negre, por 352 euros, el 21 de agosto de 2007.
El fiscal concluye su escrito recordando que el Ministerio Público «ni puede ni debe tolerar eventuales distorsiones en función del perfil personal, social o de otra índole de un determinado ciudadano», y asevera que la Agencia Tributaria realiza «cientos de inspecciones anuales en entidades mercantiles idénticas a Aizoon, esto es, coparticipadas por cónyuges, en las que los ingresos proceden de la actividad profesional de uno de ellos y las mismas finalizan en sanciones administrativas exclusivamente para el cónyuge generador de los ingresos».