La sentencia de la Sala de lo Contencioso Administrativo del TSJCyL, recogida por Europa Press, estima parcialmente un recurso presentado por Músicos y Escuela contra otro fallo del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 3 de la capital que a su vez desestimaba otro recurso interpuesto por la misma empresa contra la resolución del Ayuntamiento de Valladolid que acordaba denegar el abono de la indemnización del tres por ciento por la prestación dejada de realizar por la empresa y la devolución de la garantía de 15.000 euros que fue depositada en su día.
La empresa ejercía la prestación del servicio en la Escuela de Música hasta el curso 2012-2013, cuando a principios del mes de abril de ese segundo año decidió resolver el contrato alegando causas previstas en la Ley como «la imposibilidad de ejecutar la prestación en los términos inicialmente pactados o la posibilidad cierta de producción de una lesión grave al interés público de continuarse ejecutando la prestación en esos términos» y la «imposibilidad de la explotación del servicio como consecuencia de acuerdos adoptados por la Administración con posterioridad al contrato».
El Consistorio acordó a finales del mes de abril desestimar la propuesta de resolución del contrato formulada por Músicos y Escuela, por lo que interpretaba que ésta había dejado de prestar el servicio de forma unilateral, por lo que denegó también el reintegro del 3 por ciento del importe de la prestación y los 15.000 euros de garantía.
Cabe recordar que en el pliego de condiciones de esta concesión para el curso 2011-2012 el equipo de Gobierno de Francisco Javier León de la Riva aplicó una importante reducción presupuestaria que se intensificó en el curso 2012-2013, el último en el que prestó el servicio Músicos y Escuela.
La sentencia señala que en este proceso se han producido «incumplimientos importantes y relevantes atribuibles a las dos partes», que conllevaron a que la resolución del contrato no pudiera producirse de mutuo acuerdo. De ese modo, el auto dilucida las responsabilidades en función de los factores de «la verdadera entidad y relevancia de los incumplimientos de uno y otro sujeto» y la primera causa de resolución que se haya dado en el tiempo.
Así, se añade que en ese juego de incumplimientos «debe prevalecer la resolución por causas atribuibles a la Administración», porque considera la misma «mantuvo una interpretación sobre las cláusulas del precio contractual que se ha reputado contraria a derecho en varias sentencias».
Por todo ello, el Alto tribunal admite parcialmente la pretensión de la apelación, revoca la resolución del Juzgado vallisoletano, anula el decreto del Ayuntamiento del 29 de abril de 2013 y entiende que la resolución se produjo por causa imputable a la Administración demandada, al tiempo que reconoce el derecho de la parte demandante a la devolución de la garantía por importe de 15.000 euros.
En cambio, el TSJCyL no admite la petición de indemnización de perjuicios calculada en función del 3 por ciento de la prestación dejada realizar, que al entender de esta Sala habrá de servir para «compensar los perjuicios irrogados a la Administración municipal como consecuencia de que la empresa contratista abandonó de forma prematura el servicio»,
La sentencia tampoco emite condena especial en cuanto a las costas causadas en ambas instancias y decreta la devolución a la parte apelante del depósito que constituyó para su interposición.
Estos 15.000 euros que tendrá que abonar el Ayuntamiento vallisoletano se suman a otros 107.000 que el equipo de Gobierno asumió pagar el pasado mes de diciembre como consecuencia de otras dos sentencias del TSJCyL que estimaban que debía hacer frente a las facturas de los dos primeros trimestres del curso 2012-2013.
En otro procedimiento judicial relacionado con esta Escuela, Tribunal Supremo confirmó la absolución del Ayuntamiento de Valladolid respecto de la demanda interpuesta por los delegados de personal de la empresa Músicos y Escuela, que pretendían que la actual concesionaria del servicio –la cooperativa Im-Pulso Musical– subrogase los contratos de los trabajadores de la anterior.