Según la sentencia, a la que ha tenido acceso Europa Press, la Audiencia Provincial estima que los delitos que se le imputaban al exalcalde «no son constitutivos de un delito de falsedad en documento oficial», según lo que se ha narrado en los hechos probados.
En este sentido, pese a que apunta que el acusado reconoció haber firmado la certificación que reputa como falsa, añade que en la prueba documental «no se ha probado que en mayo de 2002 »Flos Inversora» solicitara licencia de obras para la construcción de viviendas» y que «es innegable» que «no aparece» el documento por el que esta empresa solicitaba la licencia y que se dice que es falso.
«Por tanto, no puede afirmarse con certeza que la certificación sea falsa, pero es que cuando así sea, y con ello asumimos los hechos que las acusaciones reseñan en sus respectivos escritos, tampoco sería posible dictar una sentencia de condena», argumenta en sus fundamentos de derecho.
Además, la Sala indica que aunque fueran ciertos los hechos y el acusado hubiera emitido con conocimiento de la falsedad el documento objeto de este procedimiento, se aprecia la prescripción «puesto que el documento se emite el 3 de octubre de 2005 y la querella fue presentada el 26 de mayo de 2009».
«Por tanto, aun asumiendo que el acusado supiera que estaba confeccionando un documento falso, los hechos estarían prescritos, con la ineludible consecuencia de tener que dictar una sentencia absolutoria», apunta la Audiencia Provincial toledana.
HECHOS PROBADOS
Con todo, la Audiencia Provincial de Toledo declara como hechos probados que entre finales de 1990 y principios del 2000, »Flos Inversora» solicitó diversas licencias para la ejecución de viviendas en Chozas de Canales, y que lo hizo el 9 de noviembre de 1998, el 9 de marzo del 2000 y el 28 de enero del 2002; época en la que era alcalde de la localidad Antonio Antúnez.
En la sesión plenaria del 11 de marzo de 2005 se aprobó el Programa de Actuación Urbanziadora (PAU) Z-10, en el que se concedió a Morguen Inversora SL el derecho a urbanizar. Así, la empresa obtuvo el 25 de septiembre de 2005 licencia para la construcción del citado PAU de 443 viviendas.
No obstante, el 3 de octubre de 2005 el procesado emitió certificación en la que se hacía constar que, según la documentación obrante en el Ayuntamiento, »Flos Inversora» había solicitado el 2 de mayo del 2000 licencia para la construcción de 443 licencias en el PAU Z-10 y, con posterioridad había cedido sus derechos a Morguen Inversora.
«En la documentación obrante en el Ayuntamiento no se ha localizado la solicitud de licencia de obras a las que hace mención la certificación», apunta el fallo, que añade que, en fecha no determinada, J.A.S. alcanzó la Alcaldía ordenando hacer una auditoria para comprobar la documentación que se custodiaba en el Consistorio.