Así se ha acordado en la Sección Tercera de la Audiencia, con motivo del juicio previsto contra M.J.B., y ante el que las partes han llegado a un acuerdo y finalmente no se ha celebrado la sesión.
La acusada ha reconocido los hechos y se ha mostrado conforme con la pena solicitada, que incluye, además del año de prisión y la multa, una indemnización de 96.294 euros a la víctima.
El juicio estaba previsto para el pasado 2 de diciembre pero se aplazó al presentar la defensa de M.J.B. un informe del Hospital Valdecilla que le recomendaba reposo durante unos días tras haber acudido a Urgencias con «dolor torácico no coronario».
La Fiscalía había solicitado tres años de cárcel por estos hechos, que ocurrieron el 19 de octubre de 2011 cuando la acusada, sin antecedentes penales, actuando con ánimo de enriquecimiento y valiéndose de la capacidad de disponente en la cuenta que su tía tenía abierta en Caja Cantabria, procedió a la cancelación anticipada de un depósito a plazo fijo por importe de 89.678 euros.
Asimismo, realizó un reintegro por valor de 5.321 euros, cantidades que pasó a hacerlas como propias, destinándolas al abono de un préstamo vencido que su hijo tenía con la misma entidad.
La cancelación anticipada supuso una penalización de 1.204 euros para la víctima, que reclamó la indemnización por estos hechos.
Para el Ministerio Público, los mismos constituyen un delito de apropiación indebida, y pidió para la acusada tres años de cárcel y multa de 7.200 euros. Asimismo, solicitó una indemnización para la afectada de 96.294 euros, importe que se ha mantenido.
No obstante, se ha rebajado a un año y a 540 euros la pena de cárcel y la multa a la que finalmente ha sido condenada la acusada.