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A estas alturas del año todas las empresas ya deben estar totalmente adaptadas a las modificaciones que se realizaron en el Estatuto de los Trabajadores, que les obliga a llevar un control horario de los empleados independientemente de qué tipo de jornada realicen, ya sea a tiempo parcial o completo, la ley es muy clara, se debe practicar, practicar, documentar y conservar un registro de control de las horas trabajadas, en todos los casos, y si no lo cumplimos podremos enfrentarnos a una serie de sanciones que se han estipulado.
La ley no es específica en cuanto al funcionamiento o sistema que debamos utilizar para llevar dicho control del horario de los empleados, simplemente que es algo que debemos llevar a cabo, dejando en manos de la empresa el sistema que se utilice en de las necesidades, características de movilidad de empleados o la carga administrativa que quieran asumir para el proceso, un control en el que quede reflejado el horario concreto de inicio y finalización de la jornada de trabajo de cada empleado sin que esto ocasione perjuicio alguno en la flexibilidad horaria que exista para cada individuo y que esté pactado con la empresa.
La ley del control de horario
Esta nueva ley ya en vigor y pleno funcionamiento tiene como objetivo el asegurar que se cumplen, por ambas partes tanto empleados como empresas el horario establecido, y así evitar que existan abusos o fraudes tales como no pagar o compensar las horas extras realizadas por parte del trabajador.
La ley establece unos puntos muy claros, como que el control de horario debe realizarse de manera diaria, teniendo que incluir tanto la hora de entrada como la de salida, siendo la empresa la que determine cómo se realice dicho registro y ocupándose que sus empleados siempre lo cumplan.
La empresa deberá por su parte proporcionar de manera mensual a los trabajadores y representantes sindicales la relación de horas ordinarias y extraordinarias realizadas, y dicho registro de horario debe quedar a disposición de una posible inspección de Trabajo y de la Seguridad Social si así lo requieren, conservándose además durante al menos cuatro años.
Este control del horario, también repercute en el teletrabajo o empleados que trabajan en remoto por la circunstancia que sea, siendo la empresa la que deberá habilitar la fórmula para que registren su jornada de trabajo, puesto que la ley no exime de ello teniendo que registrar e imputar sus horas de trabajo.
Registro del horario de los empleados
La parte más complicada de esta modificación de la ley es cómo llevar a cabo un buen registro de horario, ya que por norma general requerirá de un desembolso económico por parte de la empresa para cumplirla y para poder realizar el citado control horario, teniendo las empresas que contar con un sistema cómodo para realizar el seguimiento y digitalización de los horarios.
La opción más cómoda para todas las partes es la de contratar un software que incluya la opción de fichaje del horario y un sistema de identificación del empleado, como por ejemplo el sistema que muchas empresas medianas y grandes de fichar mediante huella dactilar, reconociendo al empleado tanto en su entrada como a la salida.
Esta es la forma más sencilla y también más eficaz y libre de errores que se puede poner en práctica. El resto, puede incurrir en errores y problemas adheridos, como que el control no sea válido en caso de una inspección y tengamos una multa superior a lo que nos habría costado el software.
Pequeños cambios para evitar el incumplimiento del horario laboral
Una medida sencilla, y práctica para evitar tener al personal más horas de las necesarias en su puesto de trabajo es crear turnos de trabajo que con un calendario de turnos de trabajo, con el cual tener perfectamente organizado al personal sus horarios, días de trabajo y días de descanso.
Este calendario, llegará a transformarse en la biblia de la empresa, teniendo siempre a mano toda la información relevante que podamos necesitar respecto a las horas trabajadas cada mes por parte de nuestros empleados, y teniendo un control de que los distintos puestos de trabajo para que estén en todo momento cubiertos y que las personas tengan sus horas y días de descanso, para cumplir así con la ley del control de horario.
Con este calendario también podrán nuestros empleados organizarse con previsión su vida alrededor de los días y horas trabajadas así como de las libres, sintiéndose más cómodos y seguros con un horario estipulado con tiempo, con el cual serán mucho más felices y a su vez productivos, puesto que para un empleado, tener turnos saludables que encajan en la medida de lo posible con su vida cotidiana les aporta seguridad y confianza en la empresa que trabajan y en sus superiores.