Un mes después de que la Corte Internacional de Justicia (CIJ) ordenase la adopción de “medidas inmediatas y efectivas” para proteger a la población palestina en la Franja de Gaza ocupada del riesgo de genocidio asegurando suficiente asistencia humanitaria y permitiendo servicios básicos, Israel ni siquiera ha tomado las medidas mínimas indispensables para cumplir esa orden, ha afirmado hoy Amnistía Internacional.
La orden de proporcionar ayuda fue una de las seis medidas provisionales que la Corte ordenó el 26 de enero, que dio a Israel un plazo de un mes para informar del cumplimiento de las medidas. Durante ese periodo, Israel ha seguido incumpliendo su obligación, como potencia ocupante, de garantizar la atención de las necesidades básicas de la población palestina en Gaza.
Las autoridades israelíes no han garantizado la llegada en la medida suficiente de unos bienes y servicios que pueden salvar vidas a una población en riesgo de genocidio y al borde de la hambruna debido a los incesantes bombardeos de Israel y al endurecimiento del bloqueo ilegal que este país impuso hace 16 años. Tampoco han levantado las restricciones impuestas a la entrada de productos que pueden salvar vidas, ni han abierto puntos de acceso y pasos fronterizos adicionales ni han implantado un sistema eficaz para proteger de ataques al personal humanitario.
“Israel no sólo ha creado una de las crisis humanitarias más graves del mundo, sino que también está exhibiendo una cruel indiferencia ante la suerte de la población de Gaza al crear una condiciones que, en opinión de la CIJ, pone a la población en riesgo inminente de genocidio. Una y otra vez, Israel no ha tomado las medidas mínimas indispensables que las organizaciones humanitarias han suplicado desesperadamente y que están claramente en su poder para aliviar el sufrimiento de la población civil palestina en Gaza”, ha afirmado Heba Morayef, directora regional para Oriente Medio y Norte de África de Amnistía Internacional.
“Como potencia ocupante, Israel tiene la obligación inequívoca en virtud del derecho internacional de garantizar la satisfacción de las necesidades básicas de la población de Gaza. Lamentablemente, Israel no sólo no ha satisfecha las necesidades básicas de la población gazatí, sino que también bloquea y obstaculiza el paso de ayuda suficiente a la Franja de Gaza, especialmente al norte del territorio, que es prácticamente inaccesible, en una muestra inequívoca de desprecio de la sentencia de la Corte Internacional de Justicia y en flagrante violación de su obligación de evitar el genocidio”.
Los suministros que entraban en Gaza antes de la orden de la CIJ eran una gota en el mar en comparación con las necesidades de los últimos 16 años. Sin embargo, en las tres semanas siguientes a la orden de la CIJ, el número de camiones que entraron en Gaza disminuyó aproximadamente en un tercio, pasando de un promedio de 146 al día en las tres semanas previas, a una media de 105 diarios durante las tres semanas siguientes. Antes del 7 de octubre, entraban cada día en Gaza, por término medio, unos 500 camiones que transportaban ayuda y artículos comerciales, como alimentos, agua, pienso para los animales, suministros médicos y combustible. Incluso esa cantidad era muy insuficiente para satisfacer las necesidades de la población. En las tres semanas posteriores a la sentencia de la CIJ entraron en Gaza cantidades más pequeñas de combustible, que Israel controla estrictamente. Los únicos pasos fronterizos cuya apertura ha permitido Israel también se abrieron durante menos días, lo que demuestra una vez más el desprecio de Israel por las medidas provisionales. Personal de ayuda humanitaria ha informado de múltiples desafíos, pero ha afirmado que Israel se negaba a tomar medidas obvias para mejorar la situación.
En la acción interpuesta ante la Corte Internacional de Justicia, Sudáfrica sostenía que la negación deliberada de ayuda humanitaria por Israel podía constituir uno de los actos prohibidos en virtud de la Convención sobre el Genocidio por “[s]ometimiento intencional del grupo a condiciones de existencia que hayan de acarrear su destrucción física, total o parcial”.