El Ministerio de Justicia ha elaborado una guía con recomendaciones para la celebración de los juicios telemáticos que son una de las medidas implantadas a raíz de la crisis del COVID19 para garantizar la seguridad de los ciudadanos, profesionales y funcionarios públicos y evitar contagios.
En cumplimiento del Real Decreto Ley 16/2020, durante la vigencia del estado de alarma y hasta tres meses después, los actos de juicio, comparecencias, declaraciones y vistas, y en general, todos los actos procesales, se realizarán preferentemente mediante vía telemática. Todo ello siempre que se disponga de los medios técnicos necesarios y se garanticen los presupuestos procesales del procedimiento en cuestión.
Según explican desde Moncloa, los juicios telemáticos llegaron con el estado de alarma pero, como ha manifestado recientemente el secretario general para la Innovación y la Calidad del Servicio Público de Justicia, Borja Vargues “han venido para quedarse”. Es por eso por lo que el Ministerio que dirige Juan Carlos Campo ha difundido un documento que analiza los elementos organizativos, técnicos y jurídicos, de aplicación en su ámbito competencial, para la celebración de actuaciones judiciales cuya realización sea viable mediante la utilización del sistema de videoconferencia corporativo y que deban ser grabadas por el sistema eFidelius. En dicho texto, se especifican las cuestiones técnicas que son necesarias para el correcto funcionamiento del sistema de videoconferencia, comprendiendo desde el acceso a la sala virtual, a la conexión con eFidelius, y todos aquellos aspectos que permitan la realización de las actuaciones telemáticas previstas por los órganos y oficinas judiciales.
«Lo que se pretende es facilitar la práctica de las actuaciones judiciales en este formato, ofreciendo la información necesaria a usuarios internos y externos, a la vez que se homogeneiza la forma en que habrán de llevarse a cabo en todo el ámbito competencia del Ministerio de Justicia», aseguran.