La sentencia del Supremo determinó que estas prestaciones quedan exentas de tributación y por tanto han de devolverse las cantidades correspondientes a las declaraciones de la renta entre 2014 y 2017.
Sin embargo, aún no ha sido posible llevar a cabo la devolución en este colectivo, según CSIF, que señala que la Agencia Tributaria todavía está esperando los datos de los diferentes pagadores para acreditar el tiempo de permiso por maternidad y paternidad.
En este sentido, CSIF ha reclamado al Consejo General de Muface y al Ministerio de Función Pública y Política Territorial que agilicen los trámites y busquen una solución que permita establecer el cálculo de los días de baja de maternidad o paternidad para que se produzca esta devolución, tal y como se está haciendo ya para los trabajadores dependientes del régimen de la Seguridad Social.