La Abogacía considera que «no se pueden amparar bajo ningún concepto actuaciones de este tipo» y expresa su «máxima preocupación» ante disposiciones legales como la contemplada en el artículo 37.5 de la Ley de Seguridad Ciudadana según el cual, es infracción leve «la realización o incitación a la realización de actos que atenten contra la libertad e indemnidad sexual».
Además, recuerda que «la mayor parte» de las mujeres que están en la calle están captadas por redes de trata con fines de explotación sexual y acarrean una deuda económica con sus explotadores. Por ello, advierten de que, si además se les pone una multa, esto «incrementa enormemente su desprotección y su miedo».
La trata de niñas y mujeres con fines de explotación sexual, según añaden, es un problema que «requiere la colaboración y el esfuerzo de coordinación de todos los actores implicados, tanto públicos como privados» así como «el compromiso y la concienciación de toda la ciudadanía».