El Consejo de Ministros ha dado luz verde a la Ley de Fomento de la Financiación Empresarial, para hacer más fácil y accesible la financiación bancaria, fortalecer la no bancaria y reforzar la supervisión de la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV)».
Uno de los vertices fundamentales que quiere construir el Economía es fortalecer la financiación no bancaria. Instituciones como el BCE ha recalcado frecuentemente la excesiva dependencia del tejido empresarial español de la banca. “La financiación bancaria representa el 75% de la financiación y para las pymes es de casi el 100%. Eso tiene una serie de consecuencias, y la primera es que con una crisis bancaria las consecuencias se trasladan y agravan al existir una conexión entre el riesgo macro y el riesgo bancario”, ha explicado el ministro al tiempo que hilába los pilares de la normativa:
1) Siempre que una pyme esté al corriente del pago, si el banco le retira financiación deberá avisar con tres meses y dar una calificación crediticia a la empresa. Es decir, las entidades de crédito deberán ofrecer preavisos de al menos de tres meses a las pymes cuya financiación vaya a ser cancelada o notablemente reducida en un 35 % o más. Las solicitudes de las pymes deberán ser atendidas en el plazo de diez días hábiles y de forma gratuita.
2) Se fortalecerá el sistema de garantías recíprocas. Recoge la posibilidad de que el reaval de Cersa se active ante el primer incumplimiento y fortalece el buen gobierno corporativo de las sociedades de garantía recíproca.
3) Con respecto al régimen jurídico para establecimientos financieros de crédito (EFC), el ministro ha asegurado que «las financieras alternativas seguirán bajo la supervisión del Banco de España«.
4) Reforma de las titulizaciones o ABS. Se moderniza su regulación para equipararla a la normativa europea. Los ABS representan en España 235.000 millones de euros, «normalmente los activos subyacentes eran hipotecas, intentamos ahora favorecer que sean préstamos a pymes», ha apuntado el titular de Economía al tiempo que señalaba que forman parte del nuevop programa del Banco Central Europeo (BCE).
5) Potenciar el funcionamiento del Mercado Alternativo Bursátil (MAB) y flexibilizar la normativa para que las empresas pasen al mercado continuo, en el que se exigen más garantías y transparencia. Se elimina por un periodo transitorio de dos años la exigencia de la declaración intermedia de gestión y se permite que las empresas no presenten el segundo informe semestral.
Además, se establece un umbral de capitalización de 500 millones de euros, a partir del cual las sociedades cuyas acciones cotizan en el MAB han de solicitar la admisión a negociación en un mercado regulado.
6) Endurecimiento para los auditores de las compañías del MAB. Es una de las consecuencias del »caso Gowex», el Ejecutivo quiere que las empresas del MAB sean auditadas por «entidades de interés público», que los auditores de cierta entidad.
7) Favorecer la emisión de títulos de renta fija por parte de las Sociedades de Responsabilidad Limitada.
8) Más vigilancia sobre el MAB incrementando los controles de la CNMV.
9) Regulación del crowdfunding. Las plataformas tendrán que ser autorizadas y supervisadas por la CNMV y por el área de la actividad de préstamo del Bando de España.
10) ¿Quién puede invertir a través de las plataformas de »crowdfunding»? atendiendo a lo que sucede en Estados Unidos y el Reino Unido, se distingue entre inversores acreditados y no acreditados. Los primeros son los institucionales, las empresas que superen determinados niveles de activo (1 millón de euros), cifra de negocio (2 millones) o recursos propios (300.000 euros) y todas las personas físicas o jurídicas cuyos niveles de renta superen los 50.000 euros al año o tengan un patrimonio superior a 100.000 euros y soliciten expresamente este tratamiento.
El Gobierno ha establecido que los inversores acreditados podrán invertir sin límite en este tipo de proyectos, mientras que los no acreditados, por su carácter minorista, tendrán límites anuales a la inversión (3.000 euros por proyecto y 10.000 euros en el conjunto de plataformas) y deberán requerir la firma manuscrita por la que manifiestan, antes de adquirir ningún compromiso de pago, haber sido advertidos de los riesgos de este tipo de inversiones.