La norma, que entrará en vigor mañana, fue aprobada por el Consejo de Ministros del anterior Gobierno el pasado 25 de mayo. El Ejecutivo aseguraba entonces que las disposiciones contenidas en este Real Decreto facilitan contar con unas previsiones macroeconómicas y presupuestarias «de calidad, realistas y no sesgadas».
Este Real Decreto establece que la elaboración de las previsiones macroeconómicas corresponde al Ministerio de Economía, mientras que la responsabilidad de las previsiones presupuestarias recae sobre el Ministerio de Hacienda.
DEBERÁ PRIMAR EL CRITERIO DE PRUDENCIA
De acuerdo con esta norma, en la elaboración de las previsiones deberá primar el criterio de prudencia. Igualmente, en ella se regulan distintos instrumentos que permiten dotar a las previsiones de una mayor transparencia, como son la comparación de las previsiones con las de otros organismos, entre ellos la Comisión Europea.
También incluye la realización de un análisis de sensibilidad que permita observar cómo varía el escenario base ante variaciones de variables como el crecimiento económico o los tipos de interés; y se realizará una evaluación ex post, que compare las previsiones con los valores reales de las variables y analice las causas de las posibles desviaciones.
Asimismo, el Real Decreto traspone obligaciones de derecho comunitario como la publicación de los datos en términos de Contabilidad Nacional de todos los subsectores de las administraciones públicas, algo que ya se viene haciendo con periodicidad, así como la presentación de la incidencia en los saldos y deudas de las administraciones públicas, de todos los organismos y fondos de las mismas que no formen parte de sus presupuestos ordinarios, como pueden ser el Fondo de Garantía de Depósitos, BFA o la corporación CORES.