El acuerdo, que se firmó originalmente en mayo de 2009, surgió con el propósito de mejorar la ejecución del transporte internacional por carretera, tanto de viajeros como de mercancías, entre España y Marruecos.
Las modalidades y aplicaciones del actual acuerdo se regulan a través de un protocolo que incluye la determinación de los servicios regulares y discrecionales, el control y las sanciones o los contingentes y tipos de autorizaciones de mercancías.
Para que la aplicación del acuerdo se haga factible, los estados establecen una comisión mixta, compuesta por representantes de ambas partes, para resolver cualquier problema relacionado con la interpretación o aplicación de lo regulado. Asimismo, tiene autoridad para modificar, si se requiere, el protocolo y la lista de transportes liberalizados.
Los transportes regulares de viajeros deberán ser autorizados previamente de modo conjunto por las autoridades competentes, según la disposición del acuerdo. El transporte discrecional de viajeros se regula de forma pormenorizada y está sujeto a un acuerdo multilateral de Interbús. Asimismo, el transporte de mercancías se regula un régimen de autorizaciones fuera del contingente.