El juez Marchena, presidente de la sala segunda del Tribunal Supremo, se ha dirigido a Marixel Batet en respuesta a la petición de aclaración de la condena del diputado de Unidas Podemos Alberto Rodríguez aclarando que la imputación de este es de «obligado cumplimiento».
Tras el escrito del Tribunal Supremo dirigido al Congreso de los Diputados solicitando la fecha de inicio de la condena de inhabilitación de Alberto Rodriguez, Marixel Batet, la presidenta de la cámara, convocó el jueves de urgencia a la Mesa del Congreso para abordar el asunto.
El diputado de Unidas Podemos Alberto Rodríguez fue condenado a pagar una multa y 45 días de inhabilitación por agredir a un policía en 2014. Hace unos días, se conoció que la Mesa del Congreso había decidido no retirarle el acta de diputado.
La Mesa del Congreso trasladó al Tribunal la duda acerca de “el modo de dar cumplimiento a la sentencia”, ya que no dejaba claro si la inhabilitación del diputado incluía “la entrega del acta”. Sin embargo, Marchena se ha limitado en su escrito a insistir en la obligatoriedad de cumplimiento de la condena y aclarar que entre sus funciones no se encuentra la de asesorar a otro órganos.
«La Ley 6/1985, del Poder Judicial, no incluye entre las funciones del Tribunal Supremo la de asesorar a otros órganos constitucionales acerca de los términos de ejecución de una sentencia ya firme», cita la respuesta.
El criterio del juez es contraria a la de los letrados del congreso, que concluyeron que no cabe aplicar la pérdida del escaño para Rodríguez.
«Marchena deja claro en su escrito que Alberto Rodríguez no debe perder el escaño», ha respaldado el Partido Socialista tanto Unidas Podemos como a Batet, ya que recuerdan que en el escrito se hace referencia a la «inhabilitación para sufragio pasivo», es decir, la no posibilidad de presentarse a unas elecciones, que no incluye necesariamente la entrega del acta.