«Los ciudadanos no consiguieron que Isabel Carrasco se pudriese en la cárcel, pero les queda el consuelo de que ya se está pudriendo en sí». Por »tuits» como este, el ministro del Interior, Jorge Fernández Díaz, ha anunciado que ya ha abierto una investigación para averiguar quién está detrás de estos comentarios para que no quede “impune”.
No es el único caso. Begoña Rodríguez, gallega de 49 años, fue detenida el 28 de abril cuando iba a hacer la compra. Se le acusaba, junto a 20 personas más, de un posible delito de «enaltecimiento del terrorismo” en las redes sociales. Fue una de las detenciones de la “Operación Araña”, la mayor persecución que ha hecho hasta ahora el ministerio del Interior para apresar a los autores de comentarios como “Vuestros muertos son nuestra alegría y nuestra diversión”, “Lástima que ya no haya ETA para que seas la nueva Irene Villa” o “Gora ETA, muerte el Partido Popular y larga vida al terrorismo, el asesinato y la extorsión de políticos, guardias civiles y policías”.
Un año es a lo que condenó el juez a Alba González Camacho en febrero por otro delito de enaltecimiento del terrorismo. @albacorazonegro, de 21 años, pidió en Twitter la vuelta de los Grapo para cometer atentados contra políticos y banqueros y llevar a cabo “una limpieza de fachas urgente”. Finalmente, la Fiscalía de la Audiencia Nacional y la defensa de la joven llegaron a un acuerdo de conformidad por el que la chica no entraría a prisión “siempre y cuando no vuelva a delinquir”.
No todas los insultos pesan igual
Según el Código Penal, el enaltecimiento del terrorismo tiene penas de hasta dos años de cárcel. Pero verter injurias no tiene una pena establecida. Ignacio Sanz, abogado penalista, remite al artículo 510 del Código Penal –que se refiere a injurias contra un grupo por su ideología, raza o religión- cuando se le pregunta por la pena a la que deberían enfrentarse los que han vertido comentarios difamatorios contra Isabel Carrasco. Según argumenta, en este caso, se está insultando a un grupo por su ideología. La pena establecida es de entre uno y tres años de cárcel. Pero no todos los casos se miden con el mismo patrón.
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El pasado 7 de mayo, la juez de lo Penal número 24 de Madrid condenó a pagar 1.300 euros a Luis J.M. por un delito de injurias a la delegada del Gobierno de Madrid, Cristina Cifuentes.
Ximicomix, como así se le conocía en la red, escribió en uno de sus blogs que los activistas estaban “en el punto de mira del poder que controla a todos”, y publicó en mayo de 2012 a través de Facebook un evento bajo el título ‘Amor para Cristina Cifuentes en Twitter’, en el que escribía: “Calla puta, que no tienes dignidad”. La sanción se alcanzó mediante un acuerdo de conformidad entre la Fiscalía de Madrid y los abogados en el juicio después de que el acusado reconociera los hechos. En la vista oral, tuvo que pedir perdón a la delegada del Gobierno y fue obligado a cerrar sus cuentas “con independencia de que se abriera unas nuevas”.