La Audiencia Nacional ha decidido archivar la querella contra los titiriteros que representaron una obra de guiñoles en la que exhibían una pancarta con la inscripción «Gora Alka-ETA» ya que no considera probado que hubiese intención de «elogiar, enaltecer, alabar o justificar la actividad terrorista o menospreciar o humillar a las víctimas de delitos terroristas o sus familiares».
El magistrado Ismael Moreno, que en su día mantuvo a Alfonso Lázaro de la Fuente y Raúl García durante cinco días en prisión provisional sin fianza, se alinea ahora con el criterio de la Fiscalía y archiva la querella interpuesta después de que la obra fuese representada en las fiestas de Carnaval de Madrid el pasado 5 de febrero.
En la obra se presentaban escenas que algunos asistentes consideraron ofensivas, como el ahorcamiento de un muñeco con forma de juez, el apuñalamiento de una monja con un crucifijo, etc., además de la pancarta con la inscripción “Gora Alka-ETA”, por lo que fueron acusados de un delito de enaltecimiento del terrorismo por la asociación de Víctimas del Terrorismo.
Una crítica ininteligible
Sin embargo, esta inscripción y estas escenas no tenían “la intencionalidad exigible” para que puedan ser condenados por un delito de enaltecimiento, explica el Fiscal, ya que “su propósito era realizar una crítica” a la actuación policial contra el terrorismo, pero “en ningún momento los dos actores realizaron actos o profirieron expresiones de alabanza de la actividad terrorista”.
Según explica la Fiscalía, la obra tenía la intención de “realizar una crítica a lo que consideran los cuatro poderes que rigen la sociedad española”, a saber: la propiedad, la institución religiosa, las fuerzas de seguridad y el Poder Judicial.
Además, especifica, que es “importante destacar” que la obra estaba representada en esperanto, una lengua creada a partir de mezclas de varios idiomas europeos, por lo que resultaba “ininteligible para el público general”.
El juez matiza su primera postura
En sus conclusiones, Ismael Moreno admite que la exhibición de la pancarta con la inscripción “Gora Alka-ETA” podría “efectiva y objetivamente” enmarcarse en un delito de enaltecimiento, “como así se ha venido sosteniendo desde el inicio”. Sin embargo, matiza que un delito como este debe quedar acreditado que existe “un elemento intencional, doloso, de elogiar, enaltecer, alabar o justificar la actividad terrorista”.
Además, el magistrado se inhibe en favor de los juzgados de plaza Castilla la investigación de un posible delito contra los derechos fundamentales, que no sería de la competencia de la Audiencia Nacional, sino de la jurisdicción ordinaria.