En un auto recogido por Europa Press, el TSJC desestima el recurso de apelación interpuesto por Gordó contra estas diligencias, en el que pedía que los datos, recogidos en varias dependencias el año pasado, fueran analizados por palabras clave de manera que solo se mirara lo que tenía que ver con el procedimiento, en base a principios constitucionales como la tutela judicial efectiva, derecho a un proceso con garantías, intimidad y secreto de las comunicaciones.
El alto tribunal –que ya no investiga a Gordó porque al dejar de ser diputado su causa ha regresado al Juzgado de Instrucción 1 de El Vendrell (Tarragona)– afirma que «se han cumplido con los requisitos establecidos en la ley» determinando el alcance y los términos de las incautaciones tanto relacionados con las personas, como los hechos y el objeto del proceso penal.