El Tribunal Supremo ha confirmado la condena a un año y medio de cárcel impuesta a un hombre que apaleó a un ingeniero y al becario que le acompañaba creyendo que el primero había participado en el asalto a la casa de su hermano ocurrido dos días antes.
La Sala de lo Penal estima parcialmente el recurso del acusado y del becario contra la sentencia dictada por la Audiencia Provincial de Pontevedra en febrero de 2013, que castigaba los hechos como un delito de lesiones con medio peligroso con las atenuantes de reparación del daño y dilaciones indebidas.
El Supremo ha modificado esta resolución para condenar al acusado a pagar las costas de la acusación particular ejercida por el becario y ha rebajado la indemnización que tendrá que dirigir al ingeniero de 6.000 a 3.000 euros por daños morales. Los dos trabajadores recibirán la misma cuantía por este concepto.
Por lo demás, tendrá que reparar al ingeniero también con 2.200 euros por las lesiones y con 5.810 por las secuelas ocasionadas; mientras que el otro empleado recibirá 870 euros por sus heridas y 3.320 por secuelas.
ERAN TRABAJADORES DEL ALUMBRADO PÚBLICO
Fue en junio de 2009 cuando el hermano y la familia del acusado fue asaltada en su domicilio por varias personas, vestidas de policía y siendo uno de ellos calvo. Dos días después, el procesado observó que un vehículo circulaba por esa zona y uno de los ocupantes padecía alopecia, por lo que llamó a su hermano para que saliera a la calle a ver si le reconocía como uno de los ladrones.
El hermano identificó «al calvo» como uno de los asaltantes y, ante su «pleno convencimiento», el acusado cogió una escopeta, obligó a los dos ocupantes de la furgoneta a bajarse del vehículo y pidió a su esposa que llamara a la Guardia Civil.
Entretanto, les propinó culatazos con el arma de fuego, mientras les decía frases como «soy un asesino profesional, lo que tengo que hacer es pegaros un par de tiros y enterraros en un zulo». Rompió la nariz y los incisivos del ingeniero, mientras que ocasionó policontusiones y un traumatismo craneoencefálico al becario, que le hizo perder la conciencia.
En realidad, se trataba de un ingeniero y su acompañante, becario, que realizaban trabajos de auditoria del alumbrado público y estaban inspeccionando esa zona del municipio pontevedrés de Tomiño. No llevaban ropas ni distintivos de la empresa porque no eran imprescindibles para su trabajo de campo.
La sentencia, con ponencia del magistrado Antonio del Moral, rechaza rebajar la pena del acusado con la atenuante de arrebato u obcecación y castigarle por detención ilegal. A su juicio, no es «irrazonable» pensar que podía sentirse legitimado para detener a dos personas que confundía como autores de un grave delito padecido por familiares muy próximos.
«Puede admitirse como razonable que pensase que estaba facultado para detener a los supuestos responsables del asalto, pero no que supiese que estaba facultado también para causarles lesiones», concluye.