La Audiencia Nacional rechaza la querella contra la extinta Caja Madrid, acusada de fraude por sobrevalorar hipotecas en la época de la burbuja inmobiliaria, entre 2003 y 2009. Los magistrados admiten así el recurso presentado por el antiguo director de la caja, Ildefonso Sánchez Barcoj, y no juzgará a Caja Madrid por delitos de estafa, administración fraudulenta, falsedad documental y asociación criminal como pedía la acusación.
Al analizar el delito de estafa, la Sala de lo Penal señala que la discrepancia entre el precio de compraventa por debajo de la tasación puede deberse a que en esa operación se hubiera declarado en la escritura un precio inferior a la real. Esto “no es ilógico» según los magistrados, ya que el bajo precio de tasación «ha podido influir en la divergencia de las 100 operaciones documentadas”.
A su juicio, estas operaciones suponen un «muestreo irrelevante en razón del volumen de la cartera minorista que, en todo caso, respetaba los requerimientos de la normativa en vigor».
Después del desplome de los precios
Además, quita relevancia al informe del Banco de España de 2009 en el que se detectaban las tasaciones de «baja calidad», ya que se realizó después de desplomarse los precios del mercado de la vivienda.
“Lo que es difícil probar se convierte en un delito imposible, máxime cuando la vigencia de la certificación tasadora concita un plazo de tres meses, lo que implica el reconocimiento de constante evolución del mercado inmobiliario”, por lo que no podría demostrarse si las hipotecas fueron realmente sobrevaloradas.
“Mal puede existir el engaño de la entidad, si la contratación de préstamos dio lugar a la emisión de cédulas hipotecarias compradas por terceros, cuando precisamente la concesión de préstamos, era positiva para la entidad, vinculando clientes y realizando otras operaciones, no constando perjuicio alguno en el tramo de esos tenedores que vieron satisfechas sus expectativas de retorno de la inversión”, explican.