La Conselleria de Empresa y Empleo establece un total de ocho festivos anuales, de los cuales los ayuntamientos pueden sustituir hasta dos fechas, y la ley añade dos días más al calendario comercial que los municipios deben fijar de acuerdo con los comerciantes.
Unos 60 ayuntamientos catalanes han añadido y/o modificado el calendario de festivos con apertura comercial autorizada de diciembre de 2015 y enero de 2016; entre ellos, el Ayuntamiento de Barcelona ha establecido los días 6, 8, 13 y 20 de diciembre y el 3 y 10 de enero como festivos autorizados a abrir.