El Pleno del Tribunal Constitucional (TC) ha admitido a trámite el recurso presentado por el Gobierno contra el cobro del euro por receta aprobado por la Generalitat de Catalunya el pasado marzo, y que se aplica desde el 23 de junio, lo que implica la suspensión cautelar de la medida durante al menos cinco meses.
Según el artículo 161 de la Constitución, el Gobierno puede impugnar ante el TC decisiones de comunidades autónomas, lo que se traduce en su suspensión durante 5 meses, transcurridos los cuales el tribunal de garantías debe resolver si prorroga la medida cautelar mientras sigue estudiando el fondo o bien la levanta.
El Ejecutivo de Mariano Rajoy entiende en su recurso que la medida implantada en Catalunya afecta a un supuesto regulado por una ley estatal y alega que las comunidades no pueden incidir directa o indirectamente en la fijación de precios de productos farmacéuticos, según establece el artículo 149.1.16ª de la Constitución.
El pasado diciembre la vicepresidenta del Gobierno, Soraya Sáenz de Santamaría, informó en la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros de la intención del Gobierno al entender que la tasa catalana perjudica a la igualdad entre españoles al «gravar dos veces» la adquisición de medicamentos.
La vicepresidenta añadió que el Gobierno solicitaría al tribunal de garantías la suspensión del euro por receta en Catalunya para «evitar que los ciudadanos sigan pagando» un sobreprecio que afecta a polimedicados y personas con más necesidades sanitarias.
El Ejecutivo central atendió entonces el dictamen emitido por el Consejo de Estado en el que se consideraba que la medida implantada por la Generalitat podía ser «inconstitucional».
En un «ejercicio de coherencia», la vicepresidenta anunció el pasado viernes que el Consejo de Ministros había acordado recurrir también ante el Constitucional el euro por receta de la Comunidad de Madrid al entender que vulnera el principio de igualdad de los ciudadanos y se «grava un acto médico.