En un comunicado, los populares han explicado que, desde la constitución de los nuevos ayuntamientos el pasado mes de junio, «Maracena tan solo ha celebrado cuatro plenos incluyendo el de constitución, todos ellos extraordinarios, excepto uno convocado el 30 de junio, incumpliendo por tanto la legislación y los acuerdos plenarios que establece la realización de un pleno ordinario al mes».
Además, «la celebración de plenos y comisiones informativas se realiza a horarios laborales que dificultan la asistencia y participación de los concejales que no están liberados, los de la oposición, ya que de una forma u otra los del partido en el gobierno municipal están liberados todos», ha continuado.
Asimismo, han explicado que «esta participación se dificulta aún más debido a que la convocatoria a plenos se suele hacer tan solo con 48 horas escasas de anticipación y sin que se disponga de toda la documentación en relación a los puntos a tratar».
Por ello, los citados partidos de la oposición de Maracena han solicitado que la realización de plenos y comisiones informativas se haga en horario de tarde, facilitando así la participación de concejales y ciudadanos. «En horario laboral por la mañana, los ciudadanos que quieran con su presencia participar en dichos plenos no tienen la oportunidad ni el derecho que les otorga las urnas», han puntualizado los populares.
También, han solicitado que la citación a plenos se realice con «la mayor antelación posible y cuando toda la documentación esté disponible para la consulta de todos los concejales», tal y como especifica la Ley 7/1985 Reguladora de las Bases del Régimen Local, que establece que «el pleno celebra sesión ordinario como mínimo cada mes en los ayuntamientos de municipios de más de 20.000 habitantes, y que se celebrará en sesión extraordinaria cuando así lo decida el presidente o lo solicite la cuarta parte».
En el mismo artículo 46 de la citada ley se dice que «las sesiones plenarias han de convocarse, al menos, con dos días hábiles de antelación y la documentación íntegra de los asuntos incluidos en el orden del día, que debe servir de base al debate y, en su caso, votación, deberá figurar a disposición de los concejales o diputados, desde el mismo día de la convocatoria, en la secretaría de la corporación».
El Ayuntamiento de Maracena, en sesión plenaria extraordinaria celebrada el 22 de junio de 2015, aprobó –según informa el PP– que la periodicidad de las sesiones plenarias, tal y como indica la ley, sería de una mensual. «Solo queremos que cumplan con lo que el alcalde y su equipo de gobierno propusieron y aprobaron», han recalcado los populares.
En base a lo anterior, desde el PP subrayan que «los gobiernos municipales deben tener como prioridad actuar como elementos facilitadores de la participación ciudadana, cuestión básica en una democracia representativa. No lo dice el Partido Popular, lo establece la ley», han concluido en su escrito.