Así, CESM-CV ha valorado en un comunicado que gracias a la reclamación que presentó «se ha solucionado el cobro de las 54 horas en concepto de guardias, en caso de incapacidad temporal por enfermedad común de más de 30 días de duración». Además, ha explicado que en caso de enfermedad profesional o permiso maternal se cobran desde el primer día y para los que hacen módulos de tardes se cobran 15 horas de módulos.
Asimismo, ha manifestado que, según el acuerdo de 2007, «este derecho afecta igualmente a residentes porque no los excluye de modo expreso y el acuerdo habla de personal facultativo en general». Este último extremo, sobre el que se habían suscitado dudas durante los últimos días, ha sido reconocido este miércoles por la Conselleria de Sanidad en un escrito a las organizaciones sindicales de la Mesa Sectorial. La administración dictará instrucciones al respecto a los distintos departamentos de salud.
Según el sindicato médico, todos los profesionales sanitarios dispondrán, además, de hasta cuatro días al año en concepto de ausencia justificada por razones de salud que no implique declaración de incapacidad temporal. Sólo tres de estos días pueden ser consecutivos. Bastará con un justificante médico para que quede constancia de la ausencia y no se de lugar a ningún descuento.
CESM-CV considera «más justa» la retribución de las guardias en situaciones de incapacidad temporal, teniendo en cuenta los seis meses anteriores que no, como venía siendo habitual en algunos casos, sólo las guardias efectuadas en el último mes anterior a la baja.
Al respecto, ha comentado que en casos de maternidad, por ejemplo, «resulta frecuente que durante ese último mes la actividad de guardias disminuya como consecuencia del estado físico de la embarazada o incluso se produzca una imposibilidad de realizarlas por razones de salud». «La seguridad de que, en todo caso, quedarán garantizadas las 54 horas mensuales, debe de valorarse como un salto cualitativo a favor de los interesados», ha subrayado.