Esta persona fue sorprendida por un radar móvil de la Guardia Civil del Subsector de Tráfico en La Rioja, cuando circulaba con su motocicleta por la A-12, termino de Nájera, a 174 kilómetros por hora, estando la velocidad limitada por señal vertical en 80 Km/h.
El artículo 379 del Código Penal establece que el que condujere un vehículo de motor o un ciclomotor a velocidad superior en sesenta kilómetros por hora en vía urbana o en ochenta kilómetros por hora en vía interurbana a la permitida reglamentariamente, será castigado con la pena de prisión de tres a seis meses o a la de multa de seis a doce meses y trabajos en beneficio de la comunidad de treinta y uno a noventa días, y, en cualquier caso, a la de privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores por tiempo superior a uno y hasta cuatro años.