El juzgado de lo Penal número 3 de Getafe ha condenado a la concejala de Fiestas e Inmigración del Ayuntamiento de Aranjuez, la »popular» Mercedes Rico, al pago de 6.000 euros en concepto de indemnización a la edil de la oposición y portavoz de la »Agrupación Ciudadana Independiente» (ACIPA), Pilar Quintana, así como a una multa de 24 diarios durante 18 meses, por un «delito de calumnias propagadas con publicidad», según la sentencia a la que ha tenido acceso Europa Press.
Los hechos se remontan al 20 de diciembre de 2011, cuando Mercedes Rico realizó unas declaraciones en una emisora de radio en las que, según la Agrupación Ciudadana, se acusaba a su portavoz –a la vez funcionaria de Hacienda– «de cobrar 60 euros por hacer declaraciones de la Renta en el despacho que Acipa tiene en el Ayuntamiento».
El juzgado, que ha absuelto a Rico del delito de injurias, ha considerado no obstante que la edil de Fiestas «ni ha tratado de comprobar la realidad» de las imputaciones, «ni ha iniciado una investigación por parte de su Grupo Político para tratar de comprobar la realidad de hechos tan graves como los imputados, ni tan siquiera se ha retractado de tales imputaciones, ni espontáneamente, ni tras ser requerida para ello».
El auto, por otro lado, ha desestimado el argumento de la edil condenada de «ampararse en el derecho a la libertad de información o expresión, que no es –agrega– absoluto ni ilimitado y concurren los elementos del tipo penal de calumnias».
En este punto, ha considerado que «la acusada procedió a difundir una clara y específica imputación de delito de exacción legal, perseguible de oficio, que por ello traspasa el mero derecho a la crítica también pretendido, para atentar contra la fama y procurar el descrédito de la afectada».
LA EDIL RECURRIRÁ
Por su parte, Mercedes Rico ha declarado que recurrirá un auto que ha catalogado de «desproporcionado» por considerar que «en ningún caso» afirmó que «nadie cometiera ningún delito».
«Respeto pero no comparto la sentencia, pues mis afirmaciones han estado siempre amparadas por el ejercicio de mi derecho a la libertad de expresión y en el desarrollo del debate político», ha señalado la edil.
En esta línea, la »popular» ha destacado que el juzgado ha determinado «literalmente que la señora Pilar Quintana »estaba realizando en el Ayuntamiento funciones que no son propias de su cargo y exceden su función, en cuanto es indudable que no es función de un concejal asesorar en horas de trabajo a compañeros o amigos sobre el IRPF»».
Por su parte, desde Acipa han considerado que esta «condena debe servir para que, de una vez por todas, entiendan que en política no vale todo y la libertad de expresión no se puede utilizar para agredir al adversario político».