En la sentencia, a la que ha tenido acceso Europa Press, el juez considera probado que los acusados adquirieron en junio de 2004 una parcela de 830 metros cuadrados en el paraje »Clarevot» de Utrera, parcela ubicada en suelo calificado como no urbanizable común conforme al PGOU de la localidad, que «prohíbe obras de construcción vinculadas al uso residencial» en dicho paraje.
De este modo, «pese a saber que no podían hacerlo y sin solicitar licencia municipal», los procesados edificaron a partir de 2005 una casa de madera de 35 metros cuadrados unida permanentemente al suelo mediante una solera de hormigón, y junto a ella pusieron una superficie de unos 15 metros cuadrados delimitada con ladrillo y cemento para instalar una estructura metálica, piscina y cinco perreras de obra de «escasas» dimensiones.
Según indica el juez, las obras «no son autorizables o legalizables», por lo que fueron paralizadas tras una inspección de la Guardia Civil realizada el día 2 de noviembre de 2006, cuando ya se estaba construyendo la piscina, añadiendo que el coste de reposición de la finca ha sido pericialmente estimado en 14.816,75 euros.
El juez acuerda que los acusados procedan, a su costa, a la demolición de toda edificación, obra, vallado, fosa o construcción existente en la parcela y a la reposición de la misma al estado originario, con plantación de las especies arbóreas necesarias, para lo cual el juez le puso como fecha límite el 26 de diciembre de 2011.
Además, les apercibió de que, en caso de no proceder a ello, los imputados podrían incurrir en un delito de quebrantamiento o de desobediencia. Así, condena a cada uno de ellos a seis meses de cárcel y al pago de una multa de 2.160 euros por un delito contra la ordenación del territorio.