Así, ha indicado que, aunque comparte la causa y la demanda presentada por UGT, los asesores jurídicos municipales han decidido recurrir «por coherencia y a efectos de aclarar algunos aspectos de la sentencia».
A pesar de ello, el Consistorio ha subrayado que mantiene, «igual que lo hizo en su momento», que la supresión de esta paga extra –por la entrada en vigor del Real Decreto de Ley 20/2012 en julio de 2012–, fue «un gran error del Gobierno central, que ha privado a los trabajadores de su legítimo derecho a percibir su salario».
Por ello, ha señalado que, aunque va a recurrir la sentencia, el Gobierno municipal no pone «en duda estos derechos» de los aproximadamente 300 trabajadores afectados por esta sentencia, «a los que les asiste la razón».
CARÁCTER RETROACTIVO
Según ha explicado a Europa Press el secretario general de la Federación de Servicios Públicos de UGT (FSP-UGT) del Ayuntamiento de Vigo, Manuel Bueno, las pagas extraordinarias se generan por semestres, por lo que la de diciembre se empezaba a generar el 1 de julio, 15 días antes de la entrada en vigor del Real Decreto.
El juez ha manifestado que esta norma no se puede aplicar con carácter retroactivo y, por ello, ha condenado al Consistorio a abonar la parte de la paga extraordinaria correspondiente a los días comprendidos entre el 1 y el 14 de julio, lo que Bueno estima que podría ascender a entre 150 y 400 euros por empleado, dependiendo de su categoría.