La sentencia, que desestima un recurso presentado por el agresor, C.H.G., indica que los hechos ocurrieron en abril de 2009, concretamente en la madrugada del día 3 y en las inmediaciones del mercado de la localidad, donde ambos chicos iniciaron una disputa.
El acusado propinó a la víctima varios puñetazos y patadas, que le provocaron erosiones, hematomas y una úlcera corneal en el ojo izquierdo, lesiones de las que tardó en curar siete semanas.
Además, durante la pelea, el agredido cayó sobre un vehículo que estaba aparcado en el lugar, al que provocó una abolladura que costó reparar más de 300 euros.
Por todo ello, el Juzgado de lo Penal condenó a C.H.G. a la multa de 3.240 euros por un delito de lesiones, teniendo en cuenta la atenuante de la reparación del daño y la agravante de la reincidencia. Además, le impuso indemnizar a la víctima con 3.128 euros.
Y aunque el agresor recurrió el fallo, pidiendo que se declare la nulidad de las diligencias previas al haberse sobreseído y archivado la causa, la Audiencia entiende que tal petición debe ser desestimada por varias razones, como el hecho de que se le notificó personalmente el auto y se le informó que podía recurrirlo, o el que en ningún momento manifestara su deseo de presentar recurso.