El tribunal de la Sección Segunda ha revocado de este modo el auto por el que la magistrada del Juzgado de Instrucción número 1 de Palma, Ana Cameselle, archivó el pasado mes de marzo la causa contra los controladores por considerar que los hechos no eran constitutivos de un delito de sedición por el que fueron encausados en el marco de estas investigaciones.
Fue sobre las 18 horas, el 3 de diciembre de 2010, cuando AENA comunicaba el cierre del espacio aéreo de Madrid y los aeropuertos de Barajas, Palma, Ibiza y Menorca, ante las bajas masivas presentadas por los controladores aéreos en varias dependencias declarándose así «incapaces de prestar» el servicio y «abandonando su puesto de trabajo».
Durante la instrucción de esta causa, los controladores que en las islas abandonaron sus puestos han coincidido en asegurar que su estado anímico les impidió hacer su trabajo y han negado que sus bajas constituyesen una huelga encubierta ni «ningún boicot».
La actuación de los controladores provocó que más de 600.000 pasajeros resultasen afectados, unos 40.000 de ellos en Baleares. Uno de los perjudicados llegó a relatar ante el magistrado cómo estos hechos le impidieron volar desde Palma para viajar hasta Guadalajara, donde su madre se encontraba gravemente enferma y finalmente falleció sin que él pudiese estar a su lado.