Insultar o amenazar a alguien en Twitter tiene un castigo más duro que hacerlo en la calle. Los dos casos de insultos y apología a la violencia detectados en redes sociales, tras la muerte de la líder del PP en León Isabel Carrasco, han abierto el debate sobre la regulación de los medios sociales y si hace falta introducir más filtros para evitar comentarios ofensivos y amenazas.
Juristas consultados coinciden en que la legislación es suficiente y recuerdan que el Código Penal castiga las expresiones que atentan contra el honor o la integridad moral, hacen apología o incitan la violencia o la discriminación. Además, los jueces consideran un agravante que un comentario delictivo se vierta en una red social por su efecto amplificador.
“No existe ningún vacío legal en las redes sociales. Los delitos de opinión están regulados en el Código Penal. Mensajes que incitan al odio o la discriminación, la negación del holocausto, los ultrajes a España, las amenazas… todo eso se castiga penalmente si se publican en la Red”, explica Carlos Sánchez Almeida, abogado especialista en Internet.
En 2013 la Fiscalía investigó 506 casos de amenazas e insultos en Internet. El jurista asegura que “ha habido bastantes condenas” –una reciente por insultar en un blog a Cristina Cifuentes.
¿Cómo se persiguen los delitos en Twitter o Facebook? Carlos Sánchez asegura que cuando se desconoce quién está detrás del perfil de la cuenta que vierte los comentarios lesivos, se pide la dirección IP y es habitual recurrir a los servidores para que colaboren.
“Es más fácil detener en Internet que en el mundo físico”, dice Alonso Hurtado, socio de Écija Abogados, especializado en este campo. Según explica, “Internet sigue teniendo cierto halo de ocultamiento, pero no es así”. Considera que hay un desconocimiento sobre las consecuencias penales de comentarios hirientes, amenazantes o violentos. Añade que los jueces pueden intensificar el daño causado en la red social por el impacto a través de retuits o por la cifra de seguidores. Ese agravante podría traducirse en imponer la pena máxima: por ejemplo, los dos años de cárcel por amenazas.
Hurtado opina que no es necesario actualizar la legislación y advierte del riesgo de introducir límites en el uso de redes sociales.”Los jueces están para interpretar la ley. Hay que tener mucho cuidado en poner límites para no acabar restringiendo la libertad de expresión”, concluye.