Antonio Ortiz, el presunto pederasta de Ciudad Lineal detenido el miércoles en Santander, era un viejo conocido de las fuerzas de seguridad. Su historial delictivo arranca en 1993, cuando fue detenido por extorsión, y está salpicado desde entonces con delitos de todo tipo: robo con violencia, detención ilegal y malos tratos.
Aunque hasta ahora, la línea más destacada de ese historial era la fechada en marzo de 1998. Entonces, el pederasta asaltó a una pequeña, de siete años, a la entrada del colegio, en el barrio madrileño de Fuencarral, la introdujo en su vehículo y la llevó a una zona descampada. Después, según consta en la sentencia, “comenzó a realizar frotamientos en la zona vaginal de la menor hasta conseguir eyacular manchando las bragas». Una hora después, dejó a la pequeña abandonada a unos 500 metros del colegio.
Por aquello, fue condenado a nueve años de cárcel y a una indemnización de un millón de pesetas que nunca pagó. La Fiscalía pedía para él doce, el máximo imponible según el Código Penal de entonces, modificado en 1995, hubiese sido de diez.Durante el juicio, Ortiz confesó los hechos, lo que le permitió beneficiarse de una reducción de condena.
Cuando salió la sentencia, en 2000, llevaba diez meses en prisión preventiva. Seis años después, los magistraron rechazaron concederle la libertad condicional, pero sí aprobaron el tercer grado, lo que implicaba que el pederasta podría salir de prisión todos los fines de semana.
Según consta en el auto judicial de la Audiencia de Madrid, fechado el 3 de julio de 2006, Ortiz accedió a él por su buena conducta y porque los magistrados vieron un cambio favorable en su capacidad de autocontrol, pese a contar con el criterio en contra del criterio de prisiones y del juez de vigilancia, que alertaron de una posible reincidencia.
«La dimensión práctica y vital de la conducta del reo muestra una trayectoria que en conjunto y por encima de algún dato negativo es claramente ascendente y a esa trayectoria hay que ceñirse a la hora de decidir cuándo los factores de la reinserción superan a los contrarios de modo patente”, se leía en el documento, en el que se destacaban, como “factores de adaptación” superados por Ortiz, “el respeto a las normas e instituciones y capacidad de asumir la normativa, hábitos laborales en prisión, participación en actividades, nula conflictividad y apoyo familiar”.
En agosto de 2008, quedó en libertad
A pesar de su buen comportamiento, la Audiencia provincial se opuso a la libertad condicional porque se negó a recibir un tratamiento específico para agresores sexuales. El auto fue emitido sólo unos meses de aquel que le había concedido el tercer grado, y en él, los magistrados sí coincidían con la junta de tratamiento y el juez de vigilancia penitenciaria, que consideró que la trayectoria del interno no presentaba «la continuidad suficiente en el trabajo y actividades desarrolladas como para merecer tal beneficio». El tribunal recordaba, además, que Antonio Ortiz no había seguido «tratamiento específico de agresiones sexuales, ni psicológico». En agosto de 2008, obtuvo la libertad condicional.
El presunto pederasta de Ciudad Lineal está ahora imputado por cinco violaciones, cinco secuestros, otras tres tentativas de rapto, dos delitos contra la salud pública y dos intentos de homicidio. Cargos que le podrían suponer una condena de 141 años. Sin embargo, según el Código Penal apenas pasaría, en el peor de los casos, 20 años de prisión.
Beneficios penitenciarios
El caso del “pederasta de Ciudad Lineal” ha reabierto, una vez más, el debate sobre el cumplimiento íntegro de las penas. Según contempla el propio Reglamento Penitenciario, estos agresores pueden disfrutar de beneficios penitenciarios, recogidos en distintas categorías.
Para acceder al régimen de tercer grado se exige el cumplimiento de la mitad de la pena, en el caso de las condenas superiores a cinco años. Este régimen se desarrolla de varias formas, desde aquellos presos que únicamente deben acudir a la cárcel a dormir, a otros, como ocurrió en el caso de Ortiz, que disfrutaban de permiso de salida restringido a los fines de semana.
Una vez el preso cumpla las tres cuartas partes de su condena, podría acceder a la libertad condicional, siempre y cuando se haya observado además buena conducta y exista un pronóstico individualizado y favorable de reinserción social, emitido por los expertos que el Juez de Vigilancia Penitenciaria estime convenientes. El sistema penal español entiende que la libertad condicional es un “estado finalista de la trayectoria penitenciaria”, siempre que el encarcelado tenga el visto bueno de los expertos para poder desarrollar un comportamiento normal en libertad.
La libertad condicional suele obligar a cumplir unas reglas, como la obligación de residir en un lugar determinado, o de cumplir un tratamiento externo.
Pederastas liberados
Desde noviembre de 2013, y tras la derogación de la Doctrina Parot, varios violadores y pederastas han abandonado la cárcel. Esta doctrina, validada el 28 de febrero de 2006 por el Supremo, establecía que los beneficios penitenciarios se aplicarían individualmente sobre cada pena, y no sobre el total. De esta forma, se alargaba la estancia en prisión de los presos.
Caso de las “niñas de Alcasser”: El único condenado por la violación y asesinato de las tres niñas de 14 y 15 años en Alcàsser, Miguel Ricart, que cumplía condena de 170 años en la cárcel de Herrera de la Mancha (Ciudad Real). Cumplió 21 años de cárcel.
Juan Manuel Valentín Tejero: Acusado de raptar y violar a la menor de 9 años Olga Sangrador el 25 de junio de 1992 en la localidad vallisoletana de Villalón de Campos durante un permiso penitenciario otorgado. El acusado cumplía condena por tres delitos de abusos. Cumplió 21 años, de la condena de 63.
El “violador del ascensor”: Uno de los casos más polémicos. Pedro Luis Gallego, que cumplía condena por 18 agresiones sexuales y violaciones, entre ellas había seis menores de edad, y por el asesinato de dos jóvenes en el año 1992, también quedó en libertad. Había sido condenado a 273 años de cárcel, de los que cumplió 20. Gallego, mecánico de ascensores, accedía a las viviendas de sus víctimas. Era un agresor reincidente.
Arturo Abal Iglesias: Condenado en 1999 a 96 años de prisión por como autor de seis delitos de violación a una de sus hijas desde que ésta tenía 9 años y hasta que cumplió 13. Cumplió 16 años de su condena.
Juan Vicente Carrillo: sentenciado en 1996 por la violación de 19 delitos de violación a seis suyos de Educación Física en Valencia. Fue condenado a 220 años de cárcel.
El “loco del chándal”: Manuel González fue condenado a 169 años de cárcel por agredir y atacar, entre 1991 y 1993, a 16 mujeres –algunas menores de edad y una de las cuales murió–. Fue condenado en 1997 a 169 años de prisión. Salió de la cárcel cumpliendo 20 años de su condena. El modus operandi era macabro: les clavaba flechas o navajas entre los glúteos. La sentencia indicó que, debido a su profesión, era carnicero, tenía “conocimientos anatómicos y habilidad y fuerza para manejar cuchillos u otros instrumentos cortantes”.
El «violador del portal»: Pablo García Ribado, también fue puesto en libertad, pese a que cumplía una condena desde 1996 por haber cometido un total de 74 violaciones, seis agresiones sexuales y diez delitos de robo. Fue condenado a 1.721 años de prisión. La policia lo definió como “un auténtico depredador sexual”. Era mecánico y cometía sus crímenes entre las 11 de la noche y las cuatro de la madrugada. Llegó a violar a varias chicas en la misma noche, siempre de la misma manera: abordaba a sus presas en el portal tras simular que era vecino del edificio.
El “violador del estilete”: Félix Vidal Anido, condenado a 70 años de prisión por dos agresiones cometidas en Lugo en el año 1987, fue otro de los liberados como consecuencia de la anulación de la doctrina Parot. Poco después de ser puesto en libertad, éste regresó a prisión por presunta reincidencia al intentar asaltar a una mujer en su domicilio en Lugo el 9 de abril de 2014.
José Antonio Carmona Molina: Asesinó a un niño de 10 años, al que intentó violar, y abusó de otro en Girona en 1989. Fue condenado a 44 años, de los que cumplió 23.
Juan Manuel Valentín Tejer
o: Condenado a 63 años, de los que cumplió 21. Aprovechó un permiso penitenciario para secuestrar, violar y asesinar a Olga Sangrador, de 9 años, en las fiestas de Villalón de Campos (Valladolid).José Sánchez Sánchez: Condenado a 61 años y diez meses por agresión sexual y varios robos con violencia.
Pedro José Romero Hernández: Condenado a 32 años de cárcel por tres delitos de detención ilegal y un robo con violación.
Habit Diop Seydi: Condeando a 38 años por dos violaciones.
José Manuel Real López: Condenado a 63 años de cárcel. Aprovechó un permiso penitenciario, había sido condenado nueve años antes por otra violación, para violar y asesinar a una niña de nueve años, Maruchi Rivas, en Vilalba (Galicia). Cumplió 30 años de la condena.
Faustino Gabarri Hernández: Condenado a 70 años de cárcel. Violó en 4 ocasiones a una joven de 16 años, tras maniatar a su novio en un parque de Arriondas, en Parrés.
Jesús Octavio González Marrero: Fue condenado a 41 años y cumplió 19. Violó a sus dos sobrinos menores de edad en Las Palmas.
Violadores en la cárcel
Caso Kárate: Fernando Torres Baena, excampeón nacional de ese deporte, fue condenado en 2013 a 302 años de cárcel por delitos de corrupción de menores y abuso sexual, tras ser acusado de captar a menores para abusar de ellos en su gimnasio de Las Palmas de Gran Canaria.
Daniel Galván: el pederasta al que el rey Mohammed VI indultó por error en agosto de 2013, fue condenado en 2011 a 30 años por abusar en Marruecos de once niños de entre 2 y 14 años. En la actualidad, está cumpliendo condena en España.
Caso Mariluz: Fue uno de los casos más mediáticos en nuestro país. Santiago del Valle fue condenado a 22 años de cárcel por abusar y asesinar de la pequeña en Huelva.
Nanysex: Álvaro Iglesias, alias »Nanysex», cumple una pena de 58 años de prisión tras cometer cinco delitos de abusos sexuales y seis delitos de corrupción de menores a cinco menores de edad entre 2002 y 2004 en la Comunidad de Madrid.
El Boca: José Franco de la Cruz, alias »el Boca», cumplió una pena de 21 años por el asesinato de Ana María Jerez Cano, la niña de Huelva de nueve años que fue violada y asesinada 1991. Pocos meses después de abandonar la cárcel cometió otra agresión sexual, hecho por el que fue condenado de nuevo en 2013.