El Gobierno de La Rioja ha aprobado la relación de días inhábiles a efectos laborales, de carácter retribuido y no recuperable, que le corresponde estipular en el calendario laboral para el año 2014, según ha informado esta mañana el consejero de Educación, Cultura y Turismo, Gonzalo Capellán, que ha actuado de portavoz del Ejecutivo regional.
A estos doce días, se suman las dos fiestas laborales de carácter local que serán determinadas por resolución de la Dirección General de Trabajo y Salud Laboral de la Consejería de Industria, Innovación y Empleo, atendiendo las propuestas del Pleno de cada Ayuntamiento, y que se publicarán en el Boletín Oficial de La Rioja (BOR).
En el ámbito de la Comunidad Autónoma de La Rioja y durante el año 2014, los días inhábiles, a efectos laborales, de carácter retribuido y no recuperable, serán los siguientes:
Calendario de fiestas laborales 2014
01-01-2014 Miércoles Año Nuevo
06-01-2014 Lunes Epifanía del Señor
17-04-2014 Jueves Jueves Santo
18-04-2014 Viernes Viernes Santo
21-04-2014 Lunes Lunes de Pascua
01-05-2014 Jueves Fiesta del Trabajo
09-06-2014 Lunes Día de La Rioja
15-08-2014 Viernes Asunción de la Virgen
01-11-2014 Sábado Todos los Santos
06-12-2014 Sábado Día de la Constitución Española
08-12-2014 Lunes Inmaculada Concepción
25-12-2014 Jueves Natividad del Señor
Serán también inhábiles para el trabajo, retribuidos y no recuperables, con carácter de fiestas locales, hasta dos días del año que por tradición les sean propias en cada municipio.
Las referidas fiestas locales se determinarán por Resolución de la Dirección General de Trabajo y Salud Laboral, a propuesta del Pleno del Ayuntamiento y se publicará en el Boletín Oficial de La Rioja.
Para la determinación de los festivos locales, los Ayuntamientos deberán formular su propuesta al respecto, ante la Dirección General de Trabajo y Salud Laboral, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la publicación del presente Acuerdo en el Boletín Oficial de La Rioja.