En las enmiendas relativas al IVA de los nacionalistas gallegos, que recoge Europa Press, destaca la petición del Bloque de reducir tres puntos el tipo general, hasta el 18%, y otros dos puntos el reducido, que debería pasar del 10% al 8%.
Además, este tipo reducido debería aplicarse a nuevos productos y servicios como las flores, las plantas vivas ornamentales, las semillas, y las entradas a teatros, circos, espectáculos, festejos taurinos –salvo corridas de toros–, atracciones de feria, parques de atracciones, conciertos, bibliotecas, museos, zoos, cines, exposiciones y servicios de peluquería.
Por otra parte, se reclama que los productos utilizados para la nutrición humana o animal –salvo bebidas alcohólicas y tabaco–, los que son utilizados directa, habitual e idóneamente para actividades agrícolas, forestales o ganaderas –salvo maquinaria y herramientas–, y las aguas para consumo o riego estén sujetas al tipo superreducido del 4% en lugar de al actual 10%.
NO GRAVAR LAS PENSIONES EXTRANJERAS
En cuanto a la ley de modificación del IRPF, el BNG aprovecha para volver a presentar sus exigencias en relación con la tributación de las pensiones públicas cobradas de países extranjeros por parte de emigrantes retornados, con el objetivo de que queden exentas de fiscalidad con carácter retroactivo.
En la misma línea, se reclama que sea la Administración pública la que devuelva de oficio en un plazo de seis meses las sanciones, recargos e intereses de demora que ya hubiera cobrado a este colectivo por no declarar sus pensiones, en lugar de que sean los contribuyentes los que tengan que solicitarlo en la autoliquidación de la regularización extraordinaria.
Y también sugiere que la obligación de declarar no se aplique a los contribuyentes cuyos primeros –no únicos, como reza la normativa actual– rendimientos del trabajo procedan de prestaciones pasivas ni tampoco para quienes ingresan pensiones extranjeras procedentes de países con los que España tiene firmado convenio de doble imposición.
Finalmente, el BNG plantea que los gastos financieros no sean deducibles fiscalmente en el IRPF, modifica los tramos y tipos aplicables al ahorro, y exige que los sujetos pasivos del Impuesto de Sociedades estén sujetos a un tipo del 30%, salvo quienes tienen más de 100 millones de euros, que deberían abonar hasta cinco puntos porcentuales más.