Los tuits sobre Irene Villa son «un debate a modo de chistes macabros» y no un delito de humillación a las víctimas. Es lo que ha decidido la Audiencia Nacional sobre los tuits que publicó el concejal de Ahora Madrid, Guillermo Zapata, que queda absuelto.
En la sentencia a la que ha tenido acceso Teinteresa.es, la Audiencia considera que aunque estos tuits «sean reprobables por la desafortunada elección de las víctimas» como protagonistas, no se enmarcan en un delito de humillación. Los tuits incluían comentarios como «Han tenido que cerrar el cementerio de las niñas de Alcasser para que no vaya Irene Villa a por repuestos» o chistes sobre las víctimas del holocausto o Marta del Castillo.
No solo se referían a víctimas del terrorismo
Es esta disparidad de «objetivos» de los chistes la que sustenta el argumento de la sala. Considera que los comentarios no estaba dirigidos a las víctimas del terrorismo por su condición de víctima ya que «se trata de una frase que enlaza a Irene Villa con otras víctimas».
Por lo tanto, «no se percibe el ánimo injurioso» que sería necesario para poder considerarlos como un delito penal.
Las asociaciones de víctimas denunciaban humillación
Guillermo Zapata queda así absuelto del delito de humillación a las víctimas que le había imputado la Asociación Dignidad y Justicia que era la única acusación personada, ya que el Ministerio Fiscal había retirado la acusación. Irene Villa, objeto de las bromas, ya había asegurado públicamente que aunque no le hacían gracia estos chistes no se sentía ofendida.
Sin embargo, la asociación aseguraba que la víctima del delito no era una persona en concreto, sino el conjunto de personas que habían sido objeto de actos terroristas.
Una derivación de humor
Si se analiza la frase «en el contexto cercano», prosigue la sentencia, «se aprecia que el resto de mensajes resultan ajenos a la temática» de ofensa a las víctimas. En el resto de tuits se realiza algo «similar en clave de humor» hacia todas las víctimas, desde las niñas de Alcasser hasta Marta del Castillo, y por lo tanto no puede sustentarse que intencionalmente había un ánimo de ofender a as víctimas de ETA.
«Es objetivamente una derivación de humor macabro«, concluye. Además, se apoya en las explicaciones «a posteriori» de Zapata asegurando que corroboran la argumentación. Aunque recuerda que las disculpas no desvirtúan el hecho delictivo, en caso de que lo hubiese, sí apoyan la tesis de la Audiencia.