La decisión del TSJC –que no es recurrible– afirma que nada urgente impide que el juez pueda oír a Torra antes de decidir sobre el recurso de Cs, y que aún «no cabe atribuir al acto recurrido efecto alguno que sea irreversible», como advertía el recurso de Cs, y el juez da cinco días al presidente para alegar lo que considere.
Cs recurrió alegando que la toma de posesión no se ajustó a derecho al no hacer «aceptación expresa y sin ambages del sometimiento a la Constitución y al resto del ordenamiento jurídico, y lealtad a la Corona», y pidió como medida cautelar la suspensión de ese acto.
(HABRÁ AMPLIACIÓN)