La sentencia considera probado cómo C.C., en la madrugada del 7 de febrero de 2014, llenó un barreño con lejía y otro de salfumán en la habitación en la que él dormía con sus hijos, estando éstos dormidos, cerrando puertas y ventanas con la finalidad de acabar con su vida.
La hija mayor se despertó al no poder respirar, sacó a su hermano de la habitación y avisó a su madre, que estaba en el domicilio.
La sentencia le condena además a indemnizar con 35.000 euros por daños morales a cada uno de los hijos, con 235 a ambos por el tiempo que tardaron en curar y con 1.100 a su exmujer por los daños ocasionados.
Del mismo modo, el tribunal le priva de la patria potestad de unos de ellos (el único menor de edad) y le prohíbe que se aproxime a ambos y a su exesposa a una distancia inferior a 500 metros. La resolución no es firme, ya que puede recurrirse en casación ante el Tribunal Supremo.