El Ministerio Público sostiene que el acusado, sobre las 12:30 horas del 16 de julio de 2012, se encontraba en el parque de La Magdalena de Avilés y cuando se percató de la presencia de una niña de 10 años, que estaba en compañía de su madre, se acercó a las mismas y, tras bajarse la cremallera del pantalón, comenzó a masturbarse. Ante esto, la mujer se marchó para otra zona del parque con su hija, aunque el acusado las siguió y se puso a orinar delante de ellas.
En el momento de ocurrir estos hechos el acusado tenía un deterioro de su estado psico-físico por un trastorno de la personalidad y abuso de sustancias, lo que afectaba parcialmente sus capacidades intelectivas y volitivas.
La Fiscalía considera que los hechos son constitutivos de un delito de exhibicionismo del artículo 185 del Código Penal, con la eximente incompleta de anomalía psíquica, y solicita que se condene al acusado a cinco meses de prisión, pago de las costas procesales y abono de una indemnización de 300 euros a la madre de la menor.
Al mismo tiempo y como medida de seguridad, se solicita que se imponga al acusado la medida de libertad vigilada consistente en la obligación de someterse a tratamiento médico externo adecuado a su anomalía psíquica durante un plazo máximo de 2 años.