La situación en Barcelona empieza a ser preocupante. Basta un ejemplo: fuentes policiales señalan a Teinteresa que cuando en España se va a organizar una manifestación potencialmente peligrosa, con amplia convocatoria entre grupos anti-sistemas, las brigadas de información saben que los radicales vendrán de Barcelona, cuando antes provenían del País Vasco. Ante este panorama, se comprende el interés del actual Gobierno por aplicar en el conjunto de España las leyes anti-borroka que el ejecuto de Aznar `diseñó´para Euskadi.
Un buen conocedor de los actos organizados de violencia urbana es Alfredo Perdiguero, portavoz del Sindicato Independiente de la Policía Española (SIPE). Perdiguero considera que “lo primero en estos casos de disturbios es utilizar las armas policiales, es decir, aplicar el Código Civil”.
¿Y cuales son las leyes que actualmente dispone el Estado español para hacer frente a los vándalos callejeros? “Actualmente existe la Ley 1/92 -la famosa ley Corcuera-”, responde Perdiguero, “que luego fue modificada en numerosas ocasiones, y en la que se contemplan todos estos desórdenes, disturbios e insultos a la Policía. Esta ley establece multas puntuales, que van de los 600 a los 60.000 euros. La potestad para aplicarlas dependen de la Delegación del Gobierno de turno”.
Sin embargo, la ley que lanzó José María Aznar para frenar la kale borroka del País Vasco, y que tan buenos resultados produjo, solo se aplica en Euskadi. “Así es”, señala Perdiguero, “con esta ley los vándalos han de pagar los daños ocasionados y, en el caso de que no tengan el capital suficiente, lo pagan sus padres. Con la ley Aznar, que también implica sanciones de cárcel para los mayores de edad, se demostró que los niñatos dejaban de comportarse como salvajes en cuanto sus padres les pegaban un tirón de orejas”.
Entonces parece que a los alborotadores les duele más que le toquen el bolsillo que las penas de privación de libertad o las labores sociales. “Efectivamente, el hecho es que este tipo de castigos económicos se aplican siempre, mientras que pocas son las veces que los alborotadores acaban en la cárcel”, comenta Perdiguero.
En resumen. A día de hoy, los instrumentos legales específicos para hacer frente a estos actos de destrucción urbana son tres: la Ley de Sección 1/92, que es una ley orgánica de seguridad ciudadana, la ley de Aznar, diseñada para aplicarse -de momento- en el País Vasco, y en el caso de que la acción vandálica sea constitutiva de delito y pase a tener un carácter pena, se le aplica el Código Civil.
En todo caso, Perdiguero también señala que “en los disturbios donde interviene la Policía y Guardia Civil los problemas no tienen la dimensión que alcanzan en Cataluña. Los mossos son unos excelentes cuadros policiales, pero sus mandos políticos no tienen los redaños de hacer lo que tienen que hacer. Es como si los políticos catalanes no supieran -o no quisieran- hacer nada serio al respecto; queda mejor que los mossos, cuando ya no queda más remedio, sean los que desempeñen el papel de `los malos´. Este problema se viene gestando desde tiempo atrás, cuando gobernaba en Cataluña el Tripartit. Basta ver el caso de los Latin Kings; en el resto de España son una asociación ilegal, pero en Cataluña se les ha otorgado el carácter de `asociación cultural´”.