«La respuesta a esta pregunta es: la ley. Los jueces solo pueden aplicar la ley. Por lo tanto, hay que modificar la ley para que el juez luego la aplique en consecuencia. Se trata de un tema normativo, pues los jueces se limitan a apreciar las circunstancias concretas y a decidir si aplican una norma u otra.
La actual ley prescribe que los menores de edad, por cometer determinados delitos, serán condenados a unas determinadas penas que luego se cumplirán en centros especializados.
El problema estriba en que la actual ley del menor tendría que modificarse para que, por ejemplo, se les pudiese aplicar el código penal a los mayores de 14 años, tal y como se hace en otros países. Es el legislador el que tiene que cambiar la ley.
En España tenemos la tradición de los tribunales del menor, una tradición que con los años ha sido objeto de sucesivas modificaciones. Pero la justicia actual no es apta para juzgar a un nuevo tipo de delincuencia. ¿por qué? Porque proviene de determinados grupos sociales que provocan que el menor reincida, o porque la gravedad del delito cometido excede con mucho a la sanción tipificada«.
– Ernesto Pedraz Penalva es Catedrático de Derecho Procesal en la Universidad de Valladolid.