“Cuando un ERE afecta a toda la plantilla, el conjunto de los trabajadores se ven afectados sin excepción. Los miembros del comité de empresa solo tienen preferencia cuando el despido es parcial.
Por tanto, es más difícil justificar el despido de un representante legal de los trabajadores que a cualquier otro del resto de la plantilla. En igualdad de condiciones, los miembros del comité de empresa mantienen su puesto.
Por ejemplo, si en la cadena de montaje de una fábrica de coches hay 300 trabajadores, tienen que salir 30 y entre la plantilla hay 2 representantes de los trabajadores, el derecho de permanencia hace que ellos vayan a ser los últimos en ser despedidos. Pero si el ERE fuese a afectar a toda la plantilla, no hay derecho de preferencia y todos los trabajadores serían despedidos sin excepción.
¿Por qué esto es así? Es una de las garantías que tienen los representantes de los trabajadores. Si no, cada vez que hubiese un problema en la empresa, los dueños de la misma podrían despedir a los representantes legales de los trabajadores para quitárselos del medio.
Del mismo modo, si un juez se enfrenta a un caso de despido improcedente, tiene que distinguir si se trata de una trabajador normal o de un representante legal de los trabajadores.
En el caso de que el juez dictamine que el despido sí que ha sido improcedente, el empresario puede decidir si quiere readmitir o indemnizar al trabajador. Pero cuando se trata de una representante legal de los trabajadores, es él, y no el empresario, quien decide si prefiere ser readmitido o indemnizado.
Todas estas garantías las establece el Estatuto de los Trabajadores para garantizar que los representantes legales de los trabajadores no puedan ser represaliados por los empresarios”.
– Fernando Claro Casado es Profesor de Derecho del Trabajo y Seguridad Social en la Facultad de Derecho de la Universidad Pontificia de Comillas, y académico correspondiente de la Real Academia de Jurisprudencia y Legislación. Además, es abogado en el despacho CCM ABOGADOS, donde está especializado en Derecho Laboral, Seguridad Social, Contratos Mercantiles y práctica procesal ante Juzgados y Tribunales.