Este es el último paso formal para poner en marcha la directiva cuyos detalles fueron acordados el pasado mayo entre los Estados miembro, la Comisión Europea y el Parlamento Europeo y cuyas nuevas reglas deberán ahora ser trasladadas a las legislaciones nacionales en un plazo máximo de 24 meses.
Entre las novedades de estas normas mínimas para la definición de los delitos penales y las sanciones por blanqueo de capitales figura que los jueces podrán castigar a los culpables, por ejemplo, con multas o impidiendo que puedan acceder de manera «temporal o permanente» a fondos públicos.
Se aplicarán circunstancias agravantes a los casos vinculados a organizaciones delictivas o por delitos cometidos en el ejercicio de determinadas actividades profesionales. Los Estados miembros podrán definir estos agravantes según el valor de los bienes o capitales blanqueados o la naturaleza del delito.
Otro de los cambios que introduce la nueva regla es que las personas jurídicas también podrán ser consideradas responsables de determinadas actividades de blanqueo de capitales y podrán enfrentarse a diferentes sanciones, como la exclusión de las ayudas públicas o el sometimiento a vigilancia judicial.
La Unión Europea espera que esta puesta en común sirva, además, para eliminar obstáculos a la cooperación judicial y policial transfronteriza gracias a disposiciones comunes para mejorar las investigaciones.
En los casos transfronterizos, las nuevas normas precisan el Estado miembro que tiene jurisdicción y cómo han de cooperar los Estados miembros afectados, así como la forma en que participará Eurojust.