El trailer de la película de terror Nunca apagues la luz ha abierto de nuevo la polémica sobre los contenidos emitidos en televisión en horario infantil. El post en http://www.auc.es/ de una «madre desesperada» porque su hija de tres años no podía dormir tras ver el anuncio se ha hecho viral y ha recibido el apoyo de las asociaciones de padres.
«Se me parte el alma cada vez que veo a mi hija pequeña taparse los oídos y esconderse cada vez que escucha la música de la nana del tráiler», dice la madre en su post.
Pero, ¿quién tiene la responsabilidad de emitir estos trailers?
La Ley General de la Comunicación Audiovisual es la encargada de regular el sistema de emisión de las televisiones, tanto las públicas como las privadas. A través del Código de Autorregulación, son las propias televisiones las responsables de establecer las emisiones y los horarios de éstas.
El horario general de protección al menor es de 6 de la mañana a 10 de la noche, aunque incluye franjas horarias reforzadas para los más pequeños, de las 8 a las 9 de la mañana y de las 6 a las 8 de la tarde entre semana. Es decir cuando los niñós no están en el colegio.
Además, en estas »horas reforzadas», el Código establece que no pueden emitirse programas clasificados como no recomendados para menores de 16 años, sino que también se emitirá la emisión de avances promocionales de programas así clasificados «cuando incluyan las imágenes o sonidos que sean la causa de esas calificaciones«.
Este sería el caso del trailer de Nunca apagues la luz si la denuncia de estos padres resulta ser cierta. Por eso, la Asociación de Usuarios de Comunicación (AUC) anima a los padres que se sientan afectados a denunciar a través de la web TVinfancia.
¿Cómo se gestiona la denuncia?
Una vez realizada la denuncia por las vías adecuadas, el caso será analizado según el mencionado Código de Autorregulación. Así, según señala la Asociación, «habría que determinar, en primer lugar, a qué horas han emitido las diferentes cadenas de televisión los anuncios del estreno de la película, por si se ha producido algún incumplimiento de la normativa».
En cualquier caso, desde AUC consideran que es necesario abrir una reflexión a raíz de este caso sobre «hasta qué punto los criterios actuales de protección de los menores están siendo suficientes y eficaces».