A partir del mañana, los jóvenes menores de 25 años que lleven al menos 30 días parados podrán inscribirse en un registro telemático, el paso por el que pasarán a formar parte del Sistema Nacional de Garantía Juvenil. A partir de ahí, el Gobierno asume el compromiso de darles una ocupación en 90 días. Esta ocupación puede ser una oferta de empleo, unos prácticas, actividades de formación, etc.
¿Cuáles son los requisitos para inscribirnos en ese fichero?
– Tener nacionalidad española o ser ciudadanos de la Unión o de los Estados parte del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo o Suiza que se encuentren en España en ejercicio de la libre circulación y residencia.
También podrán inscribirse los extranjeros titulares de una autorización para residir en territorio español que habilite para trabajar.
– Estar empadronado en cualquier localidad del territorio español.
– Tener más de 16 años y menos de 25, o menos de 30 años en el caso de personas con un grado de discapacidad igual o superior al 33 por ciento, en el momento de solicitar la inscripción en el Fichero del Sistema Nacional de Garantía Juvenil.
–No haber trabajado en los 30 días naturales anteriores a la fecha de presentación de la solicitud.
– No haber recibido acciones educativas que conlleven más de 40 horas mensuales en los 90 días naturales anteriores a la fecha de presentación de la solicitud. Esto significa que los jóvenes que hayan acabado sus estudios reglados este curso tendrán que esperar tres meses para registrarse.
-No haber recibido acciones formativas que conlleven más de 40 horas mensuales en los 30 días naturales anteriores a la fecha de presentación de la solicitud.
– Presentar una declaración expresa de tener interés en participar en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil, adquiriendo un compromiso de participación activa en las actuaciones que se desarrollen en el marco de la Garantía Juvenil.
Este fichero servirá de soporte para el acceso, por parte de la Administración General del Estado y de las administraciones autonómicas y locales, empresas públicas y privadas, a los datos de las personas usuarias.
¿Cómo nos podemos inscribir?
El proceso de inscripción se puede hacer de forma telemática a través de la sede electrónica del Ministerio de Empleo y Seguridad Social.
La identificación electrónica se podrá realizar mediante DNI electrónico, certificado electrónico reconocido u otros medios que se establezcan normativamente y que se habilitarán para su empleo por parte de las personas usuarias.
Aquellas personas que no dispongan de alguno de estos sistemas de identificación podrán solicitar un sistema de identificación electrónica consistente en usuario y contraseña, mediante el formulario habilitado a tal efecto por la Dirección General del Ministerio de Empleo y Seguridad Social.
Además, para las personas en riesgo de exclusión social, debidamente acreditados mediante certificado de los servicios sociales pertinentes, y/o discapacidad reconocida igual o superior al 33 por ciento, se podrá solicitar la inscripción de forma no telemática mediante presentación de formulario habilitado para tal propósito por el Ministerio de Empleo y Seguridad Social en las oficinas de registro de la Administración General del Estado y de las comunidades autónomas y de las Entidades establecidas en
Adicionalmente, las comunidades autónomas podrán implantar, en el ámbito de sus competencias, mecanismos específicos para la inscripción.
A partir del lunes, el Ministerio de Empleo habilitará además un servicio de información telefónica (060). Además, se está trabajando con la red de oficinas de juventud para dar información presencial a los jóvenes sobre el sistema de Garantía Juvenil a través de su red de 3.000 oficinas.
El nuevo Portal de Garantía Juvenil será el punto de encuentro entre los jóvenes, las administraciones, las empresas y todas las entidades que participan en la gestión del Sistema. En el nuevo Portal los jóvenes dispondrán de toda la información relativa a la Estrategia de Emprendimiento y Empleo Joven y la propia Garantía Juvenil como, por ejemplo, los requisitos necesarios para inscribirse en el Sistema o cuáles son las medidas de las que pueden beneficiarse. También pueden darse de alta en el Sistema a través de una aplicación telemática.
Además, mediante identificación electrónica, las personas inscritas podrán acceder a un área privada con contenidos específicos como píldoras formativas, ofertas de empleo del portal del Ministerio de Empleo y Seguridad Social y a su buzón de notificaciones.
¿Qué datos tenemos que aportar en este fichero?
–Autorización de cesión y consulta de datos personales, por parte de las personas y entidades
–Datos personales
–Formación: comprende toda la formación recibida, ya sea enseñanza académica reglada o no, así como formación en idiomas, carnés, certificados de profesionalidad, etc.
-Experiencia laboral: información sobre experiencia en el desempeño de trabajos, con descripción de puesto, empresa, duración, etc.
–Intereses: reflejan las preferencias o inquietudes profesionales de los usuarios.
¿Se nos comunicará la inscripción?
Sí. Una vez comprobado que reunimos los requisitos básicos de la Garantía Juvenil se resolverá la solicitud con la inscripción en el fichero habilitado, lo que se comunicará al interesado. En caso contrario, se desestimará su solicitud, comunicándose dicha circunstancia.
Si mediante la solicitud de inscripción a través de formulario no se acreditan los requisitos se requerirá a la persona interesada para que proceda a su subsanación.
Las personas inscritas en el fichero pasarán a constituir una lista única de demanda a disposición de empresas y administración.
¿Qué nos ofrecerán?
El compromiso del Gobierno es que los jóvenes apuntados en este fichero reciban una oferta de trabajo o formación en un plazo máximo de 90 días. Ese plazo comenzaría a contar en el momento en que la Administración de por buena la inscripción en el registro.
Las ofertas contempladas incluyen, por ejemplo, formación en idiomas o tecnologías de la información y la comunicación, prácticas no laborales en empresas, impulso a la formación profesional DUAL, prácticas con compromiso de contratación… se incluyen también programas de segunda oportunidad para jóvenes que abandonaron de forma prematura los estudios.
¿Cómo se ordena esa lista?
La ordenación de esa lista única se hará en función de criterios como la edad, la experiencia laboral previa, la permanencia en el desempleo o el nivel de cualificación, priorizando a aquellas personas jóvenes que no hayan recibido previamente atención por parte del Sistema y a aquellos que estén más próximos a cumplir la edad máxima prevista en el sistema.
¿Qué pasa si se rechaza una oferta?
Según se establece en el BOE, “en el supuesto de rechazo a la propuesta de actuación ofertada, administraciones y empresas evaluarán la situación y determinarán la conveniencia de ofrecer otras actuaciones a aquellos sujetos que, habiendo sido contemplados como beneficiarios, no cumplen con el requisito de participación activa”