El juez instructor del caso Nóos, José Castro, ha anulado la citación el próximo sábado del excontable del Instituto Nóos, Marco Antonio Tejeiro, después de que el arrepentido le haya comunicado hoy que no quiere declarar.
Castro ha dictado un auto en el que suspende la citación, que había fijado para el día 12 a las 11.30 horas, al entender que carece de sentido mantener la comparecencia si el imputado no tiene intención de dar cuenta de las incriminaciones que hizo contra Iñaki Urdangarin y Diego Torres en el escrito de confesión que presentó la semana pasada a la Fiscalía Anticorrupción.
El excontable del Instituto Nóos, Marco Antonio Tejeiro, ha solicitado este martes al juez José Castro que anule la citación para declarar el próximo sábado porque no tiene intención de dar explicaciones sobre la confesión que remitió la semana pasada a la Fiscalía Anticorrupción.
Fuentes judiciales han confirmado que la defensa de Tejeiro ha presentado un recurso de reforma a Castro en el que expone que su intención cuando se autoincriminó y atribuyó diversos delitos de corrupción a Iñaki Urdangarin y Diego Torres no era prestar una nueva declaración ante el juez instructor.
Cuando el pasado viernes el magistrado dictó el auto en el que citaba al excontable arrepentido a declarar argumentó que consideraba que su confesión ante la Fiscalía Anticorrupción llevaba implícita la voluntad de modificar la declaración que había prestado durante la instrucción de la causa.
El lunes el sindicato Manos Limpias presentó también un recurso de reforma contra la citación de Tejeiro alegando que el excontable no aportaba nada nuevo a la investigación y solo pretendía dilatar el cierre del proceso.
Los expertos ven «poco coherente» el comportamiento de Tejeiro
Los expertos consultados por este periódico coinciden en que resulta inusual que un imputado no comparezca a la citación de un juez y que el instructor decida, en consecuencia, anularla.
“La ley de enjuiciamiento criminal obliga a comparecer ante una citación”, dice Norberto de la Mata, catedrático de Derecho Penal de la Universidad del País Vasco. Si bien, aclara, puede acogerse también, una vez en sede judicial, a su derecho constitucional a no declarar si está imputado, al contrario de lo que ocurre con los testigos.
La decisión del juez Castro podría venir, por tanto, motivada por la valoración de la “fuerza de la declaración”, comenta Gilberto Pérez del Blanco, profesor de Derecho Procesal de la Universidad Autónoma de Madrid, “no deja de ser una declaración, en un proceso que lleva tres años de instrucción, y entiendo que el juez tiene ya una opinión formada y documentada. Esto podría dilatar aún más el proceso en un caso de este tipo, que son kilométricos”.
Ambos expertos coinciden en que el juez podría haberlo obligado a comparecer, mediante una requisitoria, incluso enviando a las fuerzas de seguridad a su domicilio, “otra cosa es que haya decidido que el contenido no es interesante”, comparte De la Mata.
La negativa de Tejeiro a declarar ante Castro deja por tanto sin efecto la propia confesión al fiscal Horrach, como el magistrado ha apuntado en su resolución en la que expone que este escrito, de 8 folios, «como documento que espontáneamente y sin más ha accedido al Juzgado, conclusa que ha sido la fase de instrucción, estaba predestinado a su inadmisión y ser devuelto (…), pero si se quiere que la confesión surta los efectos que le son propios, y ésta es la intencionalidad que se le ha de presuponer, habrá que ser ratificada a la judicial presencial”
“En derecho penal sólo tiene validez lo que uno ha dicho ante el juez de instrucción y sobre todo lo que dice en su momento en el juicio oral”, comparten los expertos. «Lo que se ha dicho hasta ahora sólo ha servido para determinar la apertura de juicio oral», dice De la Mata. “Es cierto que la jurisprudencia se ha relajado y ha dado cierta validez a las declaraciones ante Fiscalía y policía, pero para que esa declaración sea auténticamente válida, él tiene que declararlo ante el juez”, afirma Pérez del Blanco.
En cualquier caso, considera también “poco coherente” el comportamiento del contable de Noos, sobre todo tratándose de una declaración que, apunta, parecer tener poco de espontáneo, “seguro que está muy hablado. Después de tres años no tiene sentido que se descuelgue con esto”, afirma, “muchas veces lo que implica es un pacto con el fiscal» para ver reducida la pena.
Ese pacto de Tejeiro con Fiscalía es apuntado también por el juez en su escrito, en el que indica que si el Ministerio Público sólo pretende valerse de los acuerdos de conformidad de cara al juicio, no tiene “ninguna obligación” de darlos a conocer al instructor. Que no lo haya hecho ahora no implica que no lo pueda hacer después, en el momento del juicio oral, cuando Tejeiro podría ratificarse en lo dicho y beneficiarse del pacto.
No obstante, según el profesor de la Autónoma, el acuerdo con fiscalía se vería mermado, en este caso, por la existencia de acusación popular y particular. “Con estas acusaciones, la relevancia puede ser relativa. Y más aún en un asunto como éste, en el que el fiscal está tan expuesto a la opinión pública y se le mira con lupa. Tiene que tener mucho cuidado con los pactos a los que llega”, dice este experto. “Puede haber un compromiso para que la acusación sea más liviana, pero si hay otra acusación, que es autónoma y no implica al fiscal, el juez puede condenar por la acusación que ésta le solicita”.
El excontable de Nóos confesó por escrito al fiscal Horrach cómo era el funcionamiento del entramado de sociedades particulares urdida por la trama, con facturas falsas, contratos irregulares y cifras infladas. Esa red, según Tejeiro, estaba controlada en su totalidad por Iñaki Urdangarín y Diego Torres.
Sobre la posibilidad de que la confesión de Tejeiro busque proteger a la infanta Cristina, a la que excluye de responsabilidad, afirma que «lógicamente podría ser, aunque lo que no tiene mucha coherencia es que ahora no eleve esa declaración al juez”.